Disposiciones generales. . (2021/121-1)
Decreto 184/2021, de 22 de junio, por el que se modifica el Decreto 93/2005, de 29 de marzo, por el que se regulan la organización y funciones de la Comisión Consultiva de Contratación Pública, y el Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Viernes, 25 de junio de 2021
página 18
Disposición transitoria única. Vocalía en representación de las Universidades Públicas
andaluzas.
La vocalía en representación de las Universidades Públicas andaluzas deberá ser
designada por el Consejo Andaluz de Universidades en los términos del artículo 4.1.h) del
Decreto 93/2005, de 29 de marzo, por el que se regulan la organización y funciones de la
Comisión Consultiva de Contratación Pública, en la redacción dada por este decreto en el
plazo de tres meses desde la entrada en vigor del mismo. Hasta ese momento asistirá a
las sesiones del Pleno y la Comisión Permanente la persona actualmente designada por
el Consejo Andaluz de Universidades.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en el presente decreto.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de junio de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
JUAN BRAVO BAENA
Presidente de la Junta de Andalucía
00194581
Consejero de Hacienda y Financiación Europea
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Viernes, 25 de junio de 2021
página 18
Disposición transitoria única. Vocalía en representación de las Universidades Públicas
andaluzas.
La vocalía en representación de las Universidades Públicas andaluzas deberá ser
designada por el Consejo Andaluz de Universidades en los términos del artículo 4.1.h) del
Decreto 93/2005, de 29 de marzo, por el que se regulan la organización y funciones de la
Comisión Consultiva de Contratación Pública, en la redacción dada por este decreto en el
plazo de tres meses desde la entrada en vigor del mismo. Hasta ese momento asistirá a
las sesiones del Pleno y la Comisión Permanente la persona actualmente designada por
el Consejo Andaluz de Universidades.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en el presente decreto.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de junio de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
JUAN BRAVO BAENA
Presidente de la Junta de Andalucía
00194581
Consejero de Hacienda y Financiación Europea
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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