3. Otras disposiciones. . (2021/120-4)
Orden de 11 de junio de 2021, por la que se implanta la Oficina Judicial en el partido judicial de Córdoba y se aprueba inicialmente su relación de puestos de trabajo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Jueves, 24 de junio de 2021
página 43

2. El Equipo de Auxilio Judicial estará encargado de desempeñar las labores del
personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial no atribuidas a otros equipos, y
de prestar los servicios de los mismos en las unidades procesales de apoyo directo y
servicios comunes procesales.
Artículo 20. Equipo de Atención a Vistas.
1. El Equipo de Atención a Vistas estará bajo la jefatura de personal funcionario
perteneciente al Cuerpo de Auxilio Judicial, y será cubierto por concurso específico.
2. El Equipo estará encargado de realizar el seguimiento de la agenda de
señalamientos, gestionar la utilización de las salas de vistas y los cambios y suspensiones
de vistas, y gestionar el uso de la sala de videoconferencias.
Artículo 21. Jefatura de Sección de Actos de Comunicación y Auxilio Judicial.
La Sección de Actos de Comunicación y Auxilio Judicial estará bajo la jefatura de
personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia,
que será cubierto por uno de los sistemas previstos en el Real Decreto 1608/2005, de 30
de diciembre, de conformidad con lo que determine el Ministerio de Justicia.
Artículo 22. Equipo de Práctica de Actos de Comunicación.
1. El Equipo de Práctica de Actos de Comunicación estará bajo la jefatura de personal
funcionario perteneciente al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, y será cubierto
por concurso específico.
2. El Equipo estará encargado de asegurar la correcta gestión y el control de los
actos de comunicación y ejecución de su competencia. Tendrá como principal función la
preparación y realización de actos de comunicación y ejecución en comisión.

Artículo 24. Funciones del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en el Servicio
Común Procesal General.
Al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en el Servicio
Común Procesal General le corresponden las siguientes funciones:
a) Realizar las tareas de recepción, registro y distribución de escritos, demandas,
atestados y documentación en general.
b) Colaborar con el letrado de la Administración de Justicia en la función de
documentación, en particular en la expedición de diligencias y recibos de presentación.
c) Colaborar con el letrado de la Administración de Justicia en la clasificación y reparto
de los asuntos, dándole cuenta de los supuestos de reclamaciones de reparto, así como
en todos aquellos aspectos que exijan una interpretación de las normas de reparto.
d) Gestionar la incoación y tramitación de expedientes gubernativos y administrativos
de la unidad, así como la redacción de acuerdos gubernativos en materia de reparto.
e) Colaborar con el letrado de la Administración de Justicia en la calificación de las
diligencias encomendadas, recabando su criterio en todos aquellos aspectos que exijan
una interpretación del protocolo de funcionamiento del servicio o de una norma procesal.
f) Realizar tareas de recepción, control, registro, clasificación y distribución de los
actos de cooperación o auxilio judicial.
g) Colaborar en la gestión de la agenda de señalamientos, en coordinación y
comunicación con las unidades y servicios competentes de la oficina judicial, y mantenerla
actualizada en todo momento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Artículo 23. Equipo de Tramitadores de Diligencias.
1. El Equipo de Tramitadores de Diligencias estará bajo la jefatura de personal
funcionario perteneciente al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, y será
cubierto por concurso específico.
2. El Equipo estará encargado de asegurar la ordenada recepción, admisión y
realización de las diligencias que sean recibidas y encomendadas al mismo, incluyendo la
tramitación de las solicitudes de cooperación y auxilio judicial.