3. Otras disposiciones. . (2021/120-4)
Orden de 11 de junio de 2021, por la que se implanta la Oficina Judicial en el partido judicial de Córdoba y se aprueba inicialmente su relación de puestos de trabajo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Jueves, 24 de junio de 2021
página 34

3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local

El artículo 436.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone que
la dimensión y organización de la oficina judicial se determinarán por la Administración
Pública competente, en función de la actividad que en la misma se desarrolle. Asimismo, el
artículo 521 de dicha norma establece que la ordenación del personal y su integración en
las distintas unidades que conforman la estructura de las oficinas judiciales se realizará a
través de las relaciones de puestos de trabajo. La aprobación inicial de dichas relaciones,
de acuerdo con el artículo 522, corresponde a las Comunidades Autónomas con
competencias asumidas en materia de Justicia, previa negociación con las organizaciones
sindicales. La aprobación definitiva corresponderá al Ministerio de Justicia que sólo podrá
denegarla por razones de legalidad.
El Decreto 1/2014, de 14 de enero, por el que se regula la organización y estructura de
las Oficinas Judicial y Fiscal en Andalucía, establece en su disposición adicional segunda
que la creación y puesta en funcionamiento de las nuevas unidades se llevará a cabo de
manera gradual y progresiva, de conformidad con lo dispuesto en las órdenes de desarrollo
que al efecto se dicten, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias. Asimismo,
su disposición final primera faculta a la persona titular de la Consejería competente en
materia de Justicia para la aprobación inicial de las relaciones de puestos de trabajo
de las oficinas judiciales y fiscales, conforme a lo establecido en el artículo 522.2 de
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como a la redistribución,
reordenación y amortización a que se refiere el artículo 523 del mismo texto legal, y para
dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del decreto.
Con el objetivo de establecer unos principios homogéneos en las diferentes
implantaciones que gradualmente se vayan poniendo en marcha en desarrollo del Decreto
1/2014, de 14 de enero, la entonces Consejería de Justicia e Interior inició un proceso
negociador con las organizaciones sindicales que dio como fruto el Acuerdo del Consejo
de Gobierno, de 23 de diciembre de 2014, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa
Sectorial de Negociación del personal de la Administración de Justicia, de 25 de noviembre
de 2014, sobre principios inspiradores para la implantación de la Oficina judicial y fiscal
en el ámbito territorial de Andalucía. Por ello, el contenido, significado y extensión de las
condiciones establecidas en la presente orden se adaptarán, interpretarán y aplicarán de
acuerdo con los principios inspiradores de este acuerdo.
El proceso negociador culmina con el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 9 de
abril de 2019, por el que se ratifica el Acuerdo de 27 de noviembre de 2018, de la Mesa
Sectorial de Justicia, por el que se mejoran las condiciones de trabajo del personal al
servicio de la Administración de Justicia y se establece el programa para la aprobación
de las oficinas judicial y fiscal y sus modelos estructurales básicos en el ámbito territorial
de Andalucía.
El artículo 26 del Decreto 1/2014, de 14 de enero, estructura la oficina judicial en
Andalucía en tres niveles a efectos de implantación y agrupa en el Nivel II a los partidos
judiciales con separación de jurisdicciones, salvo Granada, Málaga y Sevilla que, por ser
sedes de las Salas del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, se
agrupan en el Nivel I.
La orden tiene tres objetivos. El primero consiste en establecer la estructura de la
oficina judicial del partido judicial de Córdoba. El modelo de oficina judicial que se crea con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Orden de 11 de junio de 2021, por la que se implanta la Oficina Judicial en el
partido judicial de Córdoba y se aprueba inicialmente su relación de puestos
de trabajo.