Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/558-2)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Medio-Gestión de Función Administrativa, opción Administración General y Técnico/a Medio/a de Función Administrativa, opción Informática, dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 58 - Miércoles, 23 de junio de 2021
página 59

Apartado cuarto dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
1. Docencia universitaria impartida en el ámbito de las ciencias de la salud.
a) Por cada curso académico con nombramiento al efecto como tutor/a de prácticas
académicas externas, con estudiantes de grado a cargo en cualquiera de los años de
formación en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o
Consejerías de Salud de las Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios:
0,15 puntos.
En el mismo año curso académico solo podrá ser valorado un nombramiento
como tutor/a clínico/a con independencia de que hubiera sido nombrado para varias
asignaturas.
b) Por cada curso académico con nombramiento al efecto como de Profesor/a
Asociado/a en Ciencias de la Salud en la categoría/especialidad a la que se opta impartidos
en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías
de Salud de las Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos
acreditadas como centros para la formación sanitaria Especializada: 0,25 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194461

continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los organismos
citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio
de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas
adscritos.
2.2. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por los siguientes organismos públicos, corporaciones de derecho público,
asociaciones de utilidad pública, organizaciones sindicales que intervienen en el Sistema
Nacional de Salud y Entidades sin ánimo de lucro entre cuyos fines se encuentre la
formación y hasta un máximo de 16 puntos:
a) Otras Administraciones Públicas o las entidades del sector público a ellas adscritos
diferentes de las incluidas en el apartado anterior.
b) Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
c) Corporaciones Profesionales, Sociedades Científicas presentes en el sector
sanitario de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en
el ámbito específico de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente
reconocidas por el Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General
de Especialidades y representativas de las mismas.
d) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritos.
e) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines este la formación.
f) Fundaciones Privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,015 puntos.
b) Las actividades de formación impartidas por las entidades recogidas en los
epígrafes 2.2.e) y 2.2.f) para poder ser valoradas en este apartado, han de encontrarse
avaladas al amparo de una norma reguladora, convenio, acreditación o subvención del
Ministerio o Consejería competente en materia de salud o servicios de salud de las
CC.AA, o reconocidos de interés docente sanitario por los mismos. No será suficiente
la declaración del promotor para avalar la incorporación de estas actividades a los
procesos selectivos si no consta en la documentación aportada la firma y sello del órgano
correspondiente.