Disposiciones generales. . (2021/119-3)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de atención integral a colectivos vulnerables en el ámbito de la salud, para el año 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Miércoles, 23 de junio de 2021
página 49
Cuarto. Beneficiarios.
1. Las entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, así como las
agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica constituidas para el desarrollo de un
proyecto en común.
Los requisitos que deben reunir, el período de mantenimiento de los mismos y las
excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad interesada
están establecidos en el apartado cuarto de la Orden de 3 de julio de 2020.
2. De conformidad con el apartado 5 de los Cuadros Resumen de la Orden de 3 de
julio de 2020, el importe máximo de la subvención individual será:
Línea 1. Subvenciones para proyectos de atención integral a personas con patologías
discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que las cuidan y a sus
familias. La cuantía máxima a subvencionar será de 9.000,00 euros, para los proyectos
a desarrollar en el ámbito provincial. Los de ámbito autonómico podrán alcanzar hasta
27.000,00 euros.
Línea 2. Subvenciones para proyectos integrales para la promoción de la salud,
detección precoz, mejora de la atención y reducción de las desigualdades en salud
a personas especialmente vulnerables pertenecientes a grupos con determinadas
enfermedades transmisibles. La cuantía máxima a subvencionar será de 9.000,00 euros,
para los proyectos a desarrollar en el ámbito provincial. Los de ámbito autonómico podrán
alcanzar hasta 27.000,00 euros.
Sexto. Cuantía total máxima.
1. La cuantía total máxima será de 531.600,00 euros para el ámbito provincial
y 354.400,00 euros para el ámbito autonómico, que se distribuirán de la forma que a
continuación se indica:
1.º Para los proyectos dirigidos a proyectos de atención integral a personas con
patologías discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que
las cuidan y a sus familias, se destinarán 443.000,00 euros, correspondiendo
265.800,00 euros para el ámbito provincial y 177.200,00 euros para el
autonómico.
2.º Para los proyectos integrales para la promoción de la salud, detección precoz,
mejora de la atención y reducción de las desigualdades en salud a personas
especialmente vulnerables y en grupos con determinadas enfermedades
transmisibles, se destinarán 443.000,00 euros, correspondiendo 265.800,00 euros
para el ámbito provincial y 177.200,00 euros para el autonómico.
2. De conformidad con lo previsto en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la citada
Orden de 3 de julio de 2020, en relación con el artículo 5.2 de las Bases Reguladoras
Tipo, se dictará resolución de esta Dirección General de Cuidados Sociosanitarios con
anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, mediante
la que será distribuida la cuantía totalizada del crédito disponible para cada una de las
líneas de subvenciones, entre las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dicha resolución de declaración de distribución de créditos será, igualmente, publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Presentación de solicitudes y devolución voluntaria.
1. Las solicitudes de las subvenciones para proyectos de atención integral a colectivos
vulnerables en el ámbito de la salud, se presentarán conforme al formulario que figura
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194421
Quinto. Financiación.
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se concederán, de acuerdo con
las disponibilidades presupuestarias existentes, con cargo a los créditos presupuestarios
de la Consejería de Salud y Familias correspondientes a la siguiente partida
presupuestaria, y por una cuantía total máxima de 886.000,00 euros: 2021 – 1500010000
– G/41D/48101/00 - 01.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Miércoles, 23 de junio de 2021
página 49
Cuarto. Beneficiarios.
1. Las entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, así como las
agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica constituidas para el desarrollo de un
proyecto en común.
Los requisitos que deben reunir, el período de mantenimiento de los mismos y las
excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad interesada
están establecidos en el apartado cuarto de la Orden de 3 de julio de 2020.
2. De conformidad con el apartado 5 de los Cuadros Resumen de la Orden de 3 de
julio de 2020, el importe máximo de la subvención individual será:
Línea 1. Subvenciones para proyectos de atención integral a personas con patologías
discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que las cuidan y a sus
familias. La cuantía máxima a subvencionar será de 9.000,00 euros, para los proyectos
a desarrollar en el ámbito provincial. Los de ámbito autonómico podrán alcanzar hasta
27.000,00 euros.
Línea 2. Subvenciones para proyectos integrales para la promoción de la salud,
detección precoz, mejora de la atención y reducción de las desigualdades en salud
a personas especialmente vulnerables pertenecientes a grupos con determinadas
enfermedades transmisibles. La cuantía máxima a subvencionar será de 9.000,00 euros,
para los proyectos a desarrollar en el ámbito provincial. Los de ámbito autonómico podrán
alcanzar hasta 27.000,00 euros.
Sexto. Cuantía total máxima.
1. La cuantía total máxima será de 531.600,00 euros para el ámbito provincial
y 354.400,00 euros para el ámbito autonómico, que se distribuirán de la forma que a
continuación se indica:
1.º Para los proyectos dirigidos a proyectos de atención integral a personas con
patologías discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que
las cuidan y a sus familias, se destinarán 443.000,00 euros, correspondiendo
265.800,00 euros para el ámbito provincial y 177.200,00 euros para el
autonómico.
2.º Para los proyectos integrales para la promoción de la salud, detección precoz,
mejora de la atención y reducción de las desigualdades en salud a personas
especialmente vulnerables y en grupos con determinadas enfermedades
transmisibles, se destinarán 443.000,00 euros, correspondiendo 265.800,00 euros
para el ámbito provincial y 177.200,00 euros para el autonómico.
2. De conformidad con lo previsto en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la citada
Orden de 3 de julio de 2020, en relación con el artículo 5.2 de las Bases Reguladoras
Tipo, se dictará resolución de esta Dirección General de Cuidados Sociosanitarios con
anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, mediante
la que será distribuida la cuantía totalizada del crédito disponible para cada una de las
líneas de subvenciones, entre las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dicha resolución de declaración de distribución de créditos será, igualmente, publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Presentación de solicitudes y devolución voluntaria.
1. Las solicitudes de las subvenciones para proyectos de atención integral a colectivos
vulnerables en el ámbito de la salud, se presentarán conforme al formulario que figura
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194421
Quinto. Financiación.
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se concederán, de acuerdo con
las disponibilidades presupuestarias existentes, con cargo a los créditos presupuestarios
de la Consejería de Salud y Familias correspondientes a la siguiente partida
presupuestaria, y por una cuantía total máxima de 886.000,00 euros: 2021 – 1500010000
– G/41D/48101/00 - 01.