3. Otras disposiciones. . (2021/119-11)
Orden de 15 de junio de 2021, por la que se concede una beca a la persona beneficiaria suplente correspondiente a la convocatoria realizada mediante Orden de 29 de enero de 2020, por la que se convocaron las becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y las Comunidades Andaluzas en el Exterior para 2020-2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Orden
Apellidos y nombre
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Miércoles, 23 de junio de 2021
página 161
DNI
Puntuación de los
Puntuación de la Puntuación
méritos acreditados entrevista personal
TOTAL
5
MORILLO MÁRQUEZ, CRISTINA
***1784**
8,50
4,31
12,81
6
PAZ ARRIBAS, MARÍA DOLORES
***2259**
7,00
4,88
11,88
7
LLAMES RUIZ, ROCÍO
***4166**
6,00
4,43
10,43
8
MORENO SERRANO, JOSEFA
***1163**
3,00
2,38
5,38
B) P
ERSONAS BENEFICIARIAS SUPLENTES PARA LAS BECAS COMUNIDADES
ANDALUZAS EN EL EXTERIOR. SECRETARÍA GENERAL DE ACCIÓN EXTERIOR,
EN SEVILLA:
Orden
Apellidos y nombre
DNI
Puntuación de
Puntuación de la Puntuación
méritos acreditados entrevista personal
TOTAL
1
DAZA ÁLVAREZ, MARCO
***9332**
10,25
5,73
15,98
2
ESCALANTE ARROYO, ALFONSO
***9379**
8,25
7,50
15,75
3
RUBIO PÉREZ, SERGIO
***4162**
8,00
6,95
14,95
4
MORILLO MÁRQUEZ, CRISTINA
***1784**
8,50
6,44
14,94
5
TENORIO LLORENTE, ÁNGELA
***0035**
9,25
4,65
13,65
6
PAZ ARRIBAS, MARÍA DOLORES
***2259**
7,00
5,00
12,00
7
LLAMES RUIZ, ROCÍO
***4166**
6,00
4,93
10,93
8
MORENO SERRANO, JOSEFA
***1163**
3,00
2,63
5,63
Noveno. Declarar que, para las becas Unión Europea, Delegación de la Junta de
Andalucía, en Bruselas, no existen personas que adquieran la condición de personas
beneficiarias suplentes para el supuesto de renuncia, imposibilidad o incumplimiento de
las obligaciones por parte de las personas adjudicatarias, en los términos del artículo
20.1h) de la Orden de 8 de noviembre de 2013.
Décimo. Aceptar y proceder al archivo de los expedientes de las personas que
presentan su renuncia al procedimiento.
Duodécimo. Ordenar la publicación de la orden por la que se conceden las becas
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sustituyendo esta publicación a la
notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, advirtiendo a las personas interesadas que contra esta orden, que agota la vía
administrativa, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el
plazo de un mes o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente al del recibo de la notificación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 40, 41 y 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194345
Undécimo. Que puedan adquirirse compromisos por gastos que hayan de extenderse
a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, teniendo en cuenta que las becas que
se propone conceder son subvenciones con cargo a la Aplicación Económica 482.01.82
A, conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo, en cuyo artículo 40,
apartado 2.e), se contempla que, en el caso de subvenciones, pueden adquirirse
compromisos por gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que
se autoricen, habiendo quedado fijada la distribución del gasto en el dispongo noveno de
la Orden de 20 de abril de 2021.
Orden
Apellidos y nombre
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Miércoles, 23 de junio de 2021
página 161
DNI
Puntuación de los
Puntuación de la Puntuación
méritos acreditados entrevista personal
TOTAL
5
MORILLO MÁRQUEZ, CRISTINA
***1784**
8,50
4,31
12,81
6
PAZ ARRIBAS, MARÍA DOLORES
***2259**
7,00
4,88
11,88
7
LLAMES RUIZ, ROCÍO
***4166**
6,00
4,43
10,43
8
MORENO SERRANO, JOSEFA
***1163**
3,00
2,38
5,38
B) P
ERSONAS BENEFICIARIAS SUPLENTES PARA LAS BECAS COMUNIDADES
ANDALUZAS EN EL EXTERIOR. SECRETARÍA GENERAL DE ACCIÓN EXTERIOR,
EN SEVILLA:
Orden
Apellidos y nombre
DNI
Puntuación de
Puntuación de la Puntuación
méritos acreditados entrevista personal
TOTAL
1
DAZA ÁLVAREZ, MARCO
***9332**
10,25
5,73
15,98
2
ESCALANTE ARROYO, ALFONSO
***9379**
8,25
7,50
15,75
3
RUBIO PÉREZ, SERGIO
***4162**
8,00
6,95
14,95
4
MORILLO MÁRQUEZ, CRISTINA
***1784**
8,50
6,44
14,94
5
TENORIO LLORENTE, ÁNGELA
***0035**
9,25
4,65
13,65
6
PAZ ARRIBAS, MARÍA DOLORES
***2259**
7,00
5,00
12,00
7
LLAMES RUIZ, ROCÍO
***4166**
6,00
4,93
10,93
8
MORENO SERRANO, JOSEFA
***1163**
3,00
2,63
5,63
Noveno. Declarar que, para las becas Unión Europea, Delegación de la Junta de
Andalucía, en Bruselas, no existen personas que adquieran la condición de personas
beneficiarias suplentes para el supuesto de renuncia, imposibilidad o incumplimiento de
las obligaciones por parte de las personas adjudicatarias, en los términos del artículo
20.1h) de la Orden de 8 de noviembre de 2013.
Décimo. Aceptar y proceder al archivo de los expedientes de las personas que
presentan su renuncia al procedimiento.
Duodécimo. Ordenar la publicación de la orden por la que se conceden las becas
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sustituyendo esta publicación a la
notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, advirtiendo a las personas interesadas que contra esta orden, que agota la vía
administrativa, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el
plazo de un mes o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente al del recibo de la notificación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 40, 41 y 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194345
Undécimo. Que puedan adquirirse compromisos por gastos que hayan de extenderse
a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, teniendo en cuenta que las becas que
se propone conceder son subvenciones con cargo a la Aplicación Económica 482.01.82
A, conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo, en cuyo artículo 40,
apartado 2.e), se contempla que, en el caso de subvenciones, pueden adquirirse
compromisos por gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que
se autoricen, habiendo quedado fijada la distribución del gasto en el dispongo noveno de
la Orden de 20 de abril de 2021.