4. Administración de justicia. . (2021/117-19)
Edicto de 26 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla, dimanante de autos núm. 187/2016. (PP. 1875/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Lunes, 21 de junio de 2021
página 90
4. Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia
Edicto de 26 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis
de Sevilla, dimanante de autos núm. 187/2016. (PP. 1875/2021).
NIG: 4109142C20160006091.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 187/2016. Negociado: 5T.
Sobre: Obligaciones: Otras cuestiones.
De: Banco Santander, S.A.
Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.
Contra: Expansiva T&C, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal cuyo
encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA NÚm. 229/18
En la ciudad de Sevilla, a 17 de octubre de 2018.
Vistos por doña Isabel María Nicasio Jaramillo, Magistrada del Juzgado de Primera
Instancia número Dieciséis de los de Sevilla, en juicio oral y público, los autos del juicio
ordinario núm. 187/16 de los de este Juzgado sobre resolución de contrato y reclamación
de cantidad, habiendo sido partes de un lado la entidad Banco de Santander, S.A.,
representada por la Procuradora de los Tribunales doña Elena Medina Cuadros y bajo la
dirección letrada de don Manuel Medina González y de otro la entidad Expansiva T&C,
S.L., en rebeldía.
FALLO
Primero. Debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento financiero de
fecha 29 de enero de 2010 suscrito entre las partes, contrato número 854267W referido
al vehículo marca Nissam Gama Quasqui, 7 plazas, chasis SJHJDAJ10J6054618,
condenando a la demandada:
1. A estar y pasar por esta declaración así como a la devolución inmediata del
mencionado vehículo.
2. Al pago de la cantidad de dos mil doscientos veintiséis euros con sesenta y cinco
céntimos (2.226,65 euros) por el impago de las cuotas reclamadas, así como los intereses
moratorios de dicha cantidad desde el momento de cada impago hasta la fecha de esta
sentencia, al tipo pactado del 1,5% mensual, y sin perjuicio del contenido del artículo 576
LEC.
3. Al pago de una penalización equivalente a la cantidad por cada día de retraso
equivalente al resultado de prorratear por días el importe de una cuota incrementada en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00193681
Debo estimar y estimo en su integridad la demanda formulada por la Procuradora de
los Tribunales doña Elena Medina Cuadros en la representación de la entidad Banco de
Santander, S.A., contra la entidad Expansiva T&C, S.L., y, en consecuencia:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Lunes, 21 de junio de 2021
página 90
4. Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia
Edicto de 26 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis
de Sevilla, dimanante de autos núm. 187/2016. (PP. 1875/2021).
NIG: 4109142C20160006091.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 187/2016. Negociado: 5T.
Sobre: Obligaciones: Otras cuestiones.
De: Banco Santander, S.A.
Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.
Contra: Expansiva T&C, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal cuyo
encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA NÚm. 229/18
En la ciudad de Sevilla, a 17 de octubre de 2018.
Vistos por doña Isabel María Nicasio Jaramillo, Magistrada del Juzgado de Primera
Instancia número Dieciséis de los de Sevilla, en juicio oral y público, los autos del juicio
ordinario núm. 187/16 de los de este Juzgado sobre resolución de contrato y reclamación
de cantidad, habiendo sido partes de un lado la entidad Banco de Santander, S.A.,
representada por la Procuradora de los Tribunales doña Elena Medina Cuadros y bajo la
dirección letrada de don Manuel Medina González y de otro la entidad Expansiva T&C,
S.L., en rebeldía.
FALLO
Primero. Debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento financiero de
fecha 29 de enero de 2010 suscrito entre las partes, contrato número 854267W referido
al vehículo marca Nissam Gama Quasqui, 7 plazas, chasis SJHJDAJ10J6054618,
condenando a la demandada:
1. A estar y pasar por esta declaración así como a la devolución inmediata del
mencionado vehículo.
2. Al pago de la cantidad de dos mil doscientos veintiséis euros con sesenta y cinco
céntimos (2.226,65 euros) por el impago de las cuotas reclamadas, así como los intereses
moratorios de dicha cantidad desde el momento de cada impago hasta la fecha de esta
sentencia, al tipo pactado del 1,5% mensual, y sin perjuicio del contenido del artículo 576
LEC.
3. Al pago de una penalización equivalente a la cantidad por cada día de retraso
equivalente al resultado de prorratear por días el importe de una cuota incrementada en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00193681
Debo estimar y estimo en su integridad la demanda formulada por la Procuradora de
los Tribunales doña Elena Medina Cuadros en la representación de la entidad Banco de
Santander, S.A., contra la entidad Expansiva T&C, S.L., y, en consecuencia: