Disposiciones generales. . (2021/116-2)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva previstas en la Orden de 29 de julio de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras de las convocatorias para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2013.
27 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Viernes, 18 de junio de 2021
página 12

Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en dicha orden, las
asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro que ejerzan
su actividad principalmente en Andalucía, cuyo objeto sea la representación y defensa
de los intereses amparados en la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas
para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y desarrollen programas asistenciales dirigidos a paliar situaciones personales
o colectivas de dichas víctimas, o bien persigan el desarrollo y ejecución de programas
de actividades de dignificación de las víctimas, o actividades destinadas a la educación
y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones
defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática.
Tercero. Bases reguladoras.
1. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos
sus aspectos, incluidos los requisitos para solicitar la subvención, criterios de valoración
de las solicitudes, forma de acreditarlos, órganos competentes para instruir y resolver,
así como la forma de notificación y publicación, por lo establecido en la Orden de 29
de julio de 2013, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se establecen las
bases reguladoras de las convocatorias para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones
sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las
víctimas de terrorismo y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2013 (BOJA núm. 155,
de 8 de agosto de 2013).
2. Se publican con la presente orden el formulario de solicitud y subsanación, que se
acompaña como Anexo I, y el formulario de alegaciones, presentación de documentación
y aceptación, que se acompaña como Anexo II.
Cuarto. Cuantía.
Importe máximo: 65.000 euros.
Ejercicio 2021: 45.000 euros.
Ejercicio 2022: 20.000 euros.
Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo: 25.000 euros.
Denominación de la línea
Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo

Anualidad
2021

Partida Presupuestaria
0900010000/G/14C/48600/00 01

Importe (euros)
25.000

Línea 2: Actividades de dignificación y concienciación social: 40.000,00 euros
Denominación de la línea
Línea 2: Actividades de dignificación y
concienciación social

Anualidad
2021
2022

Partida Presupuestaria
0900010000/G/14C/48600/00 01
0900010000/G/14C/48600/00 01

Importe (euros)
20.000
20.000

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde
el siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, de acuerdo con lo indicado en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
2. Las solicitudes y demás documentos se presentarán de forma electrónica en el
registro telemático único de la Junta de Andalucía, estando disponibles en la oficina
virtual de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Pública, a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194140

En todo caso la concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes.