Disposiciones generales. . (2021/116-4)
Decreto-ley 12/2021, de 15 de junio, por el que se establecen medidas de aplazamiento en el calendario de reembolsos de préstamos concedidos por la Administración de la Junta de Andalucía a empresas y personas autónomas afectadas por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, con vencimiento en los ejercicios de 2021 y 2022, con dispensa de garantía.
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Número 116 - Viernes, 18 de junio de 2021
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Sin embargo, la magnitud del shock generado por la pandemia ha sido tan significativa
y persistente, que sigue provocando una reducción brusca de los ingresos de buena parte
de las empresas y desde el punto de vista de la estabilidad financiera, el riesgo es que
esta caída de los ingresos continúa en la actualidad generando problemas de liquidez
que les dificultan hacer frente a sus compromisos de pago derivados de obligaciones
financieras (amortizaciones de deuda y pagos de intereses) o de gastos corrientes (como
suministros, alquileres o costes de personal).
Los datos más recientes de la Central de Balances del Banco de España proporcionan
una idea de la gravedad de esta perturbación sobre la liquidez de las empresas, con un
fuerte impacto negativo en los beneficios y la rentabilidad. En el mes de febrero, el Banco
de España llevó a cabo la segunda edición de la Encuesta sobre la Actividad Empresarial
(EBAE), en ella se pone de manifiesto que «las sociedades no financieras de nuestro país
declaran que la evolución de su facturación en el primer trimestre de este año está siendo
negativa, lo que estaría reflejando los efectos adversos del repunte de la pandemia tras el
período navideño y de las restricciones aprobadas por las autoridades para contenerlo. En
concreto, el 45,4% de las empresas encuestadas prevén un descenso de su facturación
en el trimestre y solo el 13,3% esperan una mejora. En comparación con la encuesta de
noviembre, estas respuestas suponen un empeoramiento respecto tanto a la valoración
del último trimestre de 2020 hecha en aquel momento como a las perspectivas esperadas
entonces para el primer trimestre de 2021» y «cuando se les pregunta por los factores
que están condicionando su actividad, los resultados son muy similares a los del trimestre
2020, de forma que la elevada incertidumbre, tanto sobre la evolución de la pandemia
como sobre la política económica, y la disminución de su demanda son mencionadas
como los factores con mayor impacto negativo sobre la facturación.»
Con este trasfondo, la pandemia y las consiguientes restricciones a la actividad
económica y a la movilidad han supuesto, para muchas empresas, un descenso
pronunciado de ingresos y, por consiguiente, una reducción –a menudo severa– de sus
flujos de liquidez. Este Gobierno ha tratado de paliar los efectos de estos desarrollos
mediante el despliegue de un conjunto amplio de medidas, como garantías, moratorias
impositivas y crediticias o exoneraciones. Sin embargo, es concebible que determinadas
empresas, ya sea por sus vulnerabilidades previas a la crisis o porque el impacto de
esta haya sido especialmente pronunciado requieren medidas adicionales para lograr
sobrevivir. De acuerdo con la Encuesta sobre Préstamos Bancarios (EPB), en el cuarto
trimestre de 2020 se habrían vuelto a endurecer ligeramente los criterios de aprobación
de préstamos en todas las modalidades, movimiento que las entidades participantes
esperan que se prolongue durante 2021, las moratorias y aplazamientos para préstamos
sin garantía contribuirán a frenar la caída de los saldos vivos de los créditos.
En el ámbito de las deudas de naturaleza pública por préstamos que derivan del
reembolso de préstamos concedidos por la Administración de la Junta de Andalucía,
la principal medida de apoyo financiero a los obligados al pago fue la establecida en el
Capítulo V del Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, y para un plazo temporal limitado a los
aplazamientos del pago del principal y/o los intereses a satisfacer durante el ejercicio 2020.
Sin embargo, como consecuencia del impacto negativo generado en su actividad
por la pandemia, los beneficiarios de los préstamos que obtuvieron los aplazamientos
allí regulados y aquellos que tienen que responder a los mismos a partir del presente
ejercicio, continúan enfrentándose o se ven abocados en la actualidad a la incapacidad
para poder hacer frente a aquellas cuotas que ya se encuentran vencidas y que no han
podido ser objeto de reconsideración en su calendario de vencimientos por parte de la
Administración de la Junta de Andalucía concedente, bien por quedar fuera del ámbito de
aplicación de la medida anterior o bien como consecuencia de que fueron objeto de un
aplazamiento y no acaban de recuperar su actividad económica a los niveles previos a la
declaración del estado de alarma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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