Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/113-9)
Resolución de 8 de junio de 2021, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 139

Segundo. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
1. La solicitud y el autobaremo deberán ajustarse a los formularios disponibles en
la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa, en el
apartado «Oficina Virtual», Empleo Público.
2. Las solicitudes, junto a los autobaremos, se presentarán en la página web del
IFAPA en la dirección web indicada, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hechos constar en su
solicitud y autobaremo.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde el
día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de
esta Resolución de convocatoria, comenzando dicho plazo a las 00,00 horas del primer
día y finalizando a las 24,00 horas del último día. A estos efectos y de conformidad con la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, los sábados no se consideran hábiles.
4. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona solicitante.
5. A la solicitud y su correspondiente autobaremo deberá acompañarse copia,
digitalizada en su caso, de la siguiente documentación:
a) Acreditación de la nacionalidad en caso de que no sea española o bien en caso
de que siendo española la persona solicitante no consienta expresamente su consulta a
través del sistema de verificación de identidad.
b) Currículo.
c) Titulación o titulaciones académicas exigidas en el Anexo I, o certificación
acreditativa de haberla solicitado y tener abonados los derechos, expedida de acuerdo
con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades
e Investigación. Los títulos obtenidos fuera de España habrán de estar convalidados o
reconocidos por el Ministerio correspondiente.
d) Documentación acreditativa de los requisitos que se detallan en el Anexo I, que
deban reunir las personas que estén interesadas en concurrir al proceso selectivo
correspondiente, los cuales guardan relación con el programa o proyecto de I+D+F en que
se enmarca el contrato, así como de los méritos consignados en el currículo y recogidos
en el autobaremo.
Cada fichero se identificará con el requisito o mérito correspondiente.
La no presentación de la documentación acreditativa de los requisitos supondrá la
exclusión de la persona solicitante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193902

de los contratos, así como los requisitos que deberán reunir las personas que estén
interesadas en concurrir en el proceso selectivo, los cuales guardarán relación con el
programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato.
Además de los requisitos anteriores, la persona solicitante deberá reunir los
siguientes:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de otro Estado en los términos del
artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a
las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado
o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.