3. Otras disposiciones. . (2021/113-18)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas de espectáculos para la Red Andaluza de Teatros Públicos 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 254

Octavo. Condiciones específicas del programa Abecedaria.
1. La selección de los espectáculos que formarán parte del catálogo de Abecedaria
se llevará a cabo por una comisión de expertos presidida por el Director de la Unidad
de Música y Artes Escénicas e integrada por tres técnicos especialistas en educación
designados por la Consejería de Educación y Deporte, y tres técnicos especialistas en
artes escénicas designados por la gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales. Actuará como secretario un técnico licenciado en derecho.
La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada
de hombres y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. En lo no
previsto por la presente Resolución, la Comisión se regirá por lo establecido en la Sección 3.ª
del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
2. Corresponderá a la comisión realizar la propuesta de los espectáculos que formarán
parte la programación de Abecedaria.
La relación de espectáculos publicados en el catálogo de Abecedaria tendrá una
vigencia de un año a contar desde el 1.1.2022.
3. Los criterios de selección serán los siguientes:
- El valor artístico y cultural de la actividad o representación. De 0 a 10 puntos.
- Adaptación de los espectáculos a los distintos ciclos educativos (Educación infantil
0-3 y 3-6 años, 1.º 2.º y 3.er ciclo de Primaria y Educación Secundaria) en propuestas
escénicas, desarrollo y temáticas. De 0 a 10 puntos.
- Propuestas escénicas que abran el imaginario infantil, que tengan en cuenta la
problemática y vivencias actuales de la infancia, perspectiva de género, que aporten
modelos de investigación en estéticas y valores acordes con la formación de espectadores/
as, críticos, selectivos y creativos. De 0 a 10 puntos.
- Oferta económica. De 0 a 5 puntos.
- Condiciones técnicas exigidas. De 0 a 5 puntos.
3. Las compañías deberán suscribir los preceptivos contratos de representación
pública tanto con el ayuntamiento (o entidad jurídica pública que ostente la representación
del teatro) como con la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
El caché será abonado en un tercio por cada ayuntamiento (o entidad jurídica pública
que ostente la representación del teatro) y los dos tercios restantes por la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales. Del mismo modo deberá emitir a cada una de las
instituciones la factura correspondiente a su parte del total del caché
La taquilla se gestionará desde la AAIICC que asumirá el pago, a la entidad de
gestión que corresponda, de los derechos de propiedad intelectual como consecuencia
del acto de comunicación pública. El importe de la taquilla será para la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193940

En todo caso existirá la obligación de elegir al menos un espectáculo de danza y uno de
música/circo.
- El caché acordado con la empresa artística, de conformidad con las condiciones
establecidas en la convocatoria, será abonado al 50% por cada teatro y la Agencia por lo
que, una vez concretadas las representaciones, la compañía/formación deberá establecer
los preceptivos contratos de representación pública tanto con el ayuntamiento (o entidad
jurídica pública que ostente la representación del teatro) como con la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales. Del mismo modo deberá emitir a cada una de las instituciones
la factura correspondiente a su parte del total del caché.
- La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales podrá no aceptar una determinada
representación en un determinado teatro si constata una falta de adecuación entre las
necesidades técnicas de un espectáculo y las características o la dotación del teatro. En
este caso se invitaría al teatro a elegir otro espectáculo.