Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/113-10)
Resolución de 13 de mayo de 2021, de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, por la que se establecen las bases para la constitución de las bolsas de suplencia para las categorías de Médico/a, Enfermería, Técnico/a de Emergencias Sanitarias de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 151

2. Cuando se acredite haberla superado en los Servicios Provinciales de EPES,
para su inclusión en las Bolsas de Suplencia para supuestos de agotamiento de la Bolsa
Permanente de Contratación.
3. Si se ha superado el período de prueba que recoge el convenio colectivo de EPES
para la categoría correspondiente.
4. Cuando se acredite 1 año de prestación de servicio en EPES en los últimos 3 años.
El llamamiento a los aspirantes, para las pruebas prácticas, se realizará por el orden
alcanzado en el listado definitivo de admitidos. Se establecerá el número de candidatos a
evaluar que se dimensionará en función de la disponibilidad de candidatos en la bolsa de
suplencia, dándole debida comunicación en la página web.
Aquellos aspirantes que no superen la prueba práctica no podrán volver a ser
evaluados hasta pasados 3 meses desde la anterior evaluación
Desde el día siguiente a la superación de la prueba práctica el aspirante se encontrará
habilitado en el listado de suplencia, siempre que cumpla el resto de los requisitos
generales y específicos.
Las pruebas a realizar para cada categoría serán las siguientes:
1. Médicos/as:
Prueba Práctica de Capacitación de Competencias de dicha categoría en el ámbito
de la Urgencias y Emergencias Sanitarias Extrahospitalarias.
2. Enfermeros/as:
Prueba Práctica de Capacitación de Competencias de dicha categoría en el ámbito
de la Urgencias y Emergencias Sanitarias Extrahospitalarias.
3. Técnicos/as de Emergencias Sanitarias.
Prueba Práctica de Capacitación de Competencias de dicha categoría en el ámbito
de la Urgencias y Emergencias Sanitarias Extrahospitalarias.

Octava. Comisión de Selección.
Por la Dirección Gerencia se nombrará, con carácter previo al inicio del proceso una
Comisión de Selección con las siguientes funciones:
- Organización y seguimiento del proceso.
- Verificación de requisitos de acceso.
- Verificación y valoración de los méritos.
No obstante, iniciado el Proceso Selectivo podrán incorporarse, por decisión de su
Presidente, otras personas a dicha Comisión de Selección, si ello es conveniente para la
realización de sus funciones.
Los miembros de la Comisión de Selección estarán sujetos a las normas sobre
abstención y recusación. Podrán intervenir en el proceso expertos de distintas
especialidades para la celebración de las pruebas selectivas.
Novena. Publicidad
La presente será publicada en la página web de la Empresa Pública de Emergencias
Sanitarias (www.epes.es) en virtud del punto séptimo de la Instrucción Conjunta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Séptima. Régimen de contratación.
Las ofertas de contratos y la asignación de las mismas se realizará conforme a las
Normas de Funcionamiento de la Bolsa de Contratación de esta Agencia Pública.
De conformidad con las Normas de Funcionamiento del Listado de aspirantes a la
contratación temporal de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias:
3.1. La empresa podrá realizar procedimientos, con publicidad, para la inclusión de
candidatos en un listado provisional de suplentes, en previsión de agotamiento de los
listados. Los aspirantes deberán acreditar los mismos requisitos de experiencia y titulación
que se exigieron en el proceso selectivo inmediatamente anterior, y la superación de una
prueba teórico práctica.