3. Otras disposiciones. . (2021/113-14)
Resolución de 1 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Asociación Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional, FAMSI.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 160

3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 1 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar
Laboral, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio
Colectivo de la Asociación Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad
Internacional, FAMSI.
Visto el texto del Convenio Colectivo de la Asociación Fondo Andaluz de Municipios
para la Solidaridad Internacional, FAMSI (cód. convenio 71103422012021), suscrito por
la representación legal de la empresa y la de los trabajadores, con fecha 19 de enero
de 2021, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
R ES U ELVO
Primero. Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el Registro de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos dependiente de este centro directivo, con notificación a la Comisión
Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de junio de 2021.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación, normas generales y garantías
Artículo 1. Ámbito funcional.
El ámbito funcional del presente convenio colectivo se extiende a todo el de la
actividad propia del Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional,
FAMSI, reconocidas en sus Estatutos.

Artículo 3. Ámbito territorial.
El presente convenio colectivo será de aplicación en los centros de trabajo o sedes de
las provincias de Sevilla y Córdoba.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193856

Artículo 2. Ámbito personal.
1. El presente convenio colectivo será de aplicación a todas las personas trabajadoras
que tengan contrato de trabajo con FAMSI, en el marco de la legislación laboral española,
en los centros de trabajo de las provincias de Sevilla y Córdoba.
2. A aquellas personas trabajadoras que tengan contrato de trabajo con FAMSI
derivado de proyectos o programas cuyo financiador establezca condiciones laborales
específicas, les serán de aplicación dichas condiciones, siendo el presente convenio
colectivo vinculante en el resto del articulado.