Disposiciones generales. . (2021/113-3)
Orden de 9 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 83

Razones justificadas para establecer esta forma de pago: Interés social.
Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional: según lo establecido en el artículo: 29.1.a) de la vigente
Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:

PAGO



IMPORTE O PORCENTAJE DE
PAGO

100% del importe

MOMENTO O FECHA DE PAGO

PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0

IMPORTE O
PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE
PAGOS ANTERIORES

Tras la firma de la Resolución de Según art. 26.b)
concesión
del
cuadro
resumen

24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro
ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
24.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
Se establece el compromiso de pago en la/s siguientes fecha/s:
24.d) Forma en la que se efectuará el pago:
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa
acreditación de su titularidad.
Otra forma:
25.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:

00193897

26.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
26.a) La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de:
La persona o entidad beneficiaria.
La entidad colaboradora.
26.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación:
15

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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