Disposiciones generales. . (2021/113-3)
Orden de 9 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 79

Composición:
Presidencia: Jefatura de servicio competente en la materia u órgano superior con funciones de coordinación.
Vocalías: Personal funcionario, de 2 a 6 miembros, uno de los cuales podrá ejercer la función de secretaría.
Secretaría: Personal funcionario.
En la composición de la Comisión de Evaluación se garantizará la representación equilibrada de hombres y mujeres, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de
género en Andalucía.
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por: La persona que
ostenta la Presidencia de la Comisión de Evaluación.
Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:
14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán
conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
El enlace al procedimiento concreto se especificará en cada convocatoria.
15.- Documentación (Artículo 17):
15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
Deberá presentarse la siguiente documentación:
- En caso de ejercitar el derecho de oposición a que se consulten los documentos obrantes en el Registro de
Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, deberán aportarse los estatutos de la entidad inscritos en su
correspondiente registro o documentación acreditativa de encontrarse en proceso de inscripción.
- Certificado de inscripción de la composición de la Junta Directiva de la entidad solicitante, o Patronato en el caso
de fundaciones, inscrita en su correspondiente registro o documentación acreditativa de encontrarse en proceso de
inscripción.
- Documentación acreditativa de la representación legal o apoderamiento.
- En su caso, Plan de Igualdad en los términos previstos en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que
se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
- En su caso, acreditación de lo declarado en relación al criterio de valoración “Calidad en la gestión de la entidad
solicitante”.
- En su caso, documentación acreditativa de la auditoría externa a la que la entidad haya sometido su gestión y
cuentas, referida a alguno de los dos últimos años.
- En caso de cofinanciación con fondos ajenos (otros ingresos o subvenciones), documentación acreditativa de los
mismos, en correspondencia con la declaración responsable realizada en la solicitud respecto a su importe y
procedencia.
- Para obras de continuidad, certificado de la dirección facultativa relativo a la ejecución de la obra realizada o, en
otro caso, de la persona que ejerce la representación legal de la entidad ejecutante relativo a las actuaciones
realizadas, concretando las anualidades objeto de financiación.

- Memoria sobre la ejecución de las inversiones y el grado de cumplimiento de los objetivos previstos, a la fecha de
publicación de la convocatoria correspondiente.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193897

- Para obras de continuidad que ya se hayan iniciado en alguna de las convocatorias anteriores, proyecto de
ejecución sobre las actuaciones ya realizadas o indicación del n.º de expediente en el cual se presentó.