Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/111-11)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se efectúa convocatoria para la contratación de personal directivo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Viernes, 11 de junio de 2021
página 600

Quinta. Solicitudes, documentación, plazo y lugar de presentación.
5.1. Las candidaturas deben presentar la solicitud de participación según modelo que
consta en el Anexo II, adjuntando la siguiente documentación mínima obligatoria, original
o fotocopiada: currículum vitae pormenorizado, DNI (en caso de extranjeros/as, pasaporte
y permiso de trabajo y residencia), informe de vida laboral, contrato o certificado de puesto
desempeñado y funciones realizadas firmado y sellado por la entidad que lo expida, (en
caso de trabajo autónomo, junto al informe de vida laboral o certificación de la TGSS de
los periodos de alta en el régimen especial correspondiente, declaración jurada en la que
se describa la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado),
certificados acreditativos de la formación, certificado de grado e informe de adecuación
en caso de discapacidad, y cualquier otra documentación acreditativa de los requisitos
mínimos exigidos y méritos a valorar.
En caso de grado de discapacidad reconocido, igual o superior al 33%, se deberán
acreditar las condiciones personales de aptitud para el ejercicio de las funciones del puesto
del punto 3.1 mediante certificado de grado de discapacidad en el que se especifique el
porcentaje reconocido, e Informe de Adecuación al Puesto de Trabajo expedido por los
Centros de Valoración y Orientación.
5.2. El plazo de presentación de candidaturas será de 10 días hábiles a contar
desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía. En caso de que el último día de presentación sea inhábil, se
entenderá prorrogado el plazo hasta el día siguiente hábil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193708

Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre.
2. Poseer titulación universitaria oficial expedida por el Ministerio de Educación y
Formación profesional, o convalidación u homologación pertinente emitida por el mismo
Ministerio.
3. Acreditar un mínimo de dos años de experiencia en el desempeño de funciones
directivas, en el sector público o privado, y un mínimo de un año de experiencia en el
ámbito del sector público. Este último requisito puede sustituirse por la posesión de un
título formativo oficial en el área de dirección y gestión en el sector público.
4. Acreditar, de forma adicional a la experiencia anterior, el siguiente perfil
competencial mínimo técnico específico: competencia en dirección, coordinación y gestión
de actividades y proyectos culturales de relevancia en materia de flamenco. El indicador
de cumplimiento de esta competencia es la acreditación de un mínimo de tres años de
experiencia en dirección, coordinación y gestión de actividades y proyectos culturales
de relevancia en materia de flamenco, entendiendo comprendidos la producción, la
promoción, difusión y recuperación, gestión y contratación de espectáculos, conservación
y archivo, composición, creación e interpretación, formación e investigación.
4.2. Méritos valorables:
1. Experiencia, superior a la mínima indicada en el punto anterior, en funciones de
dirección, coordinación o gestión de actividades y proyectos culturales relacionados con el
flamenco, entendiendo comprendidas la producción, la promoción, difusión y recuperación,
gestión y contratación de espectáculos, conservación y archivo, composición, creación e
interpretación, formación e investigación, o en actividades y proyectos relacionados con
las artes escénicas en general.
2. Máster o formación de posgrado en Gestión Cultural o equivalente.
3. Nivel de inglés B2 acreditado según Marco Común Europeo de Referencia para las
Lenguas (MCREL). En caso de no aportarse certificado acreditativo del nivel de inglés,
será valorado mediante una prueba previa a la fase de entrevista.
Los requisitos mínimos del punto 4.1 y méritos valorables del punto 4.2 se acreditarán
mediante la documentación que se refleja en el punto siguiente.