Disposiciones generales. . (2021/110-3)
Orden de 8 de junio de 2021, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Jueves, 10 de junio de 2021
página 102

Artículo 5. Proceso de elaboración y tramitación del anteproyecto de Presupuesto y
plazos.
1. Anteproyectos de Presupuesto para la Junta de Andalucía, sus instituciones,
agencias administrativas, de régimen especial, públicas empresariales referidas en el
artículo 2.c) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, y consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.
Para la determinación de los estados de gastos del anteproyecto, las personas
responsables presupuestarias de las diferentes secciones deberán consignar las
dotaciones correspondientes, conforme a la estructura establecida en el artículo 4.1, antes
del día 23 de junio de 2021, en el Módulo de Elaboración del Presupuesto (en adelante
MEP) del sistema GIRO de la Junta de Andalucía.
En cuanto al capítulo correspondiente a los gastos de personal, y en orden a obtener
la plantilla presupuestaria que conformará el anexo de personal del Presupuesto, la
Dirección General de Presupuestos solicitará los datos que se precisen, e impartirá las
instrucciones oportunas para la dotación de los créditos correspondientes.
En relación con los gastos financiados con fondos europeos, el órgano directivo
competente de la administración de los Fondos Europeos deberá tener disponible
antes del día 16 de junio de 2021, la envolvente financiera. Dicha envolvente se
mantendrá permanentemente actualizada en la medida que se produzcan propuestas
de reprogramación, de modo que se permita la mayor agilidad en la absorción de los
fondos estructurales, y en especial los procedentes del Instrumento de Recuperación de
la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, aprobado por
el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020.
En cuanto a la financiación correspondiente a transferencias y otros ingresos de
carácter finalista, la consignación por parte de los gestores presupuestarios se realizará
de acuerdo con la información de que dispongan y conforme a su estimación. Se deberán
incorporar de forma separada y teniendo en cuenta la nomenclatura específica que a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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del estado de flujos de efectivo que resulten significativas sobre las operaciones de
capital.
b) Información sobre las diferentes fuentes de financiación provenientes de la Junta
de Andalucía, indicando los destinos específicos de estas.
c) Determinación de los objetivos y actuaciones de la entidad, que incluirá las
previsiones plurianuales de estos.
d) Una memoria explicativa de las variables económico-financieras más significativas
incluidas en la anterior información, así como de la evaluación económica de las
inversiones, en su caso.
e) Proyectos de inversión, documentación que forma parte del anexo de inversiones.
f) La plantilla de efectivos de personal, documentación que forma parte del anexo de
personal.
g) El Balance de Situación en términos previsionales.
h) El Estado de Flujos de Efectivo, en términos previsionales.
i) La liquidación del Presupuesto del ejercicio inmediatamente anterior.
2.2. En todo caso, y de acuerdo con el artículo 58 del Texto Refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las sociedades mercantiles del
sector público andaluz, las fundaciones y los fondos carentes de personalidad jurídica
elaborarán un programa de actuación, inversión y financiación, que se compondrá de
todos los documentos recogidos en el apartado anterior, párrafos b) a e).
2.3. Los formatos y modelos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones
indicadas en los anteriores apartados se desarrollarán por la Dirección General de
Presupuestos y se encontrarán disponibles en la Central de Información del Sistema de
gestión integral de recursos organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía
(en adelante sistema GIRO).