Disposiciones generales. . (2021/110-2)
Orden de 4 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las comunidades andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Jueves, 10 de junio de 2021
página 60

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el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

4. e ) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de m edios electrónicos durante la tram itación del procedim iento de concesión :
Todas .
Ninguna .
Las siguientes personas o entidades :

La Comunidades Andaluzas, las Federaciones y Coordinadoras de Comunidades Andaluzas, con especial
atención de aquellas entidades con domicilio social fuera de la Unión Europea que no posean
certificado digital.

5.- Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (Artículo 4).
5. a ) Cuantía :

Porcentaje m áxim o de la subvención :
Cuantía m áxim a de la subvención :
300€
Cuantía m ínim a de la subvención :
Im porte cierto :
Otra form a :
5. b ) Posibilidad de prorrateo :
No .
Sí. El im porte destinado a estas subvenciones será prorrateado aplicando la /s siguiente /s regla /s :
Proporcionalmente a la valoración

5. c).1º. Gastos subvencionables :

Gastos mensuales de la sede de la asociación de agua, electricidad, gas, teléfono, internet, acceso a
contenidos audiovisuales, alquileres y comunidad de propietarios.
Gastos de servicios (Seguridad, Secretaría, gastos postales, material de oficina, limpieza).
Pago de tributos ordinarios (se excluyen las sanciones, recargos e intereses de demora).
Pago de seguros.
Gastos de material no inventariable.
Gastos de mantenimiento de equipos informáticos.
Otros gastos corrientes necesarios para la actividad ordinaria de la entidad.

5. c).2º. Posibilidad de com pensar gastos subvencionables :
No .
Sí. Se podrán com pensar los siguientes gastos subvencionables :
Todos los establecido en el apartado 5 C)1º

Porcentaje m áxim o que se perm ite com pensar:
Porcentaje m áxim o :
El porcentaje m áxim o se indicará en la Resolución de concesión .
5. d ) Costes indirectos :
No serán subvencionables costes indirectos .
Criterios de im putación y m étodo de asignación de los m ism os :
Fracción del coste total que se considera coste indirecto im putable a la actividad subvencionada :

5. e ) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables :
Los fijados por la correspondiente convocatoria.

5. f) Consideración de gasto realizado , en subvenciones que no se encuentren financiadas con fondos de la Unión Europea :
Se considera gasto realizado el que ha sido efectivam ente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación .
Se considera gasto realizado :

5. g) Periodo durante el que se debe destinar los bienes al fin concreto :
5. h ) Reglas especiales en m ateria de am ortización :
No .
Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales :

5. i) Posibilidad de acogerse al régim en de m ínim is :

00193684

No .
Sí. Observaciones , en su caso :

6.- Régimen de control (Artículo 5):
Fiscalización previa .

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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