Disposiciones generales. . (2021/110-2)
Orden de 4 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las comunidades andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Jueves, 10 de junio de 2021
página 59

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CUADRO RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA.
0.- Identificación de la línea de subvención:

LÍNEA 3: Ayudas para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades mediante la financiación
de gastos corrientes de sus sedes.

1.- Objeto (Artículo 1):

Subvencionar los gastos de mantenimiento de las sedes sociales de las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras
y Federaciones de Comunidades Andaluzas en el Exterior.

2.- Conceptos subvencionables (Artículos 1, 5, 9 y 17).
2. a ) Conceptos subvencionables :

Conceptos subvencionables para los gastos del mantenimiento de la sede social de la entidad.

2. b ) Posibilidad de reform ulación de solicitudes :
Sí.
No .
2. c) Posibilidad de solicitar dos o m ás subvenciones .
No .
Sí. Núm ero :
Solo se puede optar a una de ellas .
Es posible optar a las siguientes subvenciones :
En el supuesto de que las personas o entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo , se entenderá que han optado por:

2. d ) Ám bitos territoriales y/o funcionales de com petitividad :
La Com unidad Autónom a Andaluza .
La provincia :
Otro ám bito territorial:
Otro ám bito funcional:

3.- Régimen jurídico específico aplicable (Artículo 2):
No se establece .
Sí. Con carácter específico , las presentes subvenciones se regirán por las norm as que seguidam ente se relacionan :

4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y
excepciones (Artículo 3):
4. a ) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
4. a ).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades :
1. Las Comunidades Andaluzas.
2. Las Coordinadoras y Federaciones de Comunidades Andaluzas.

4. a ).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención :
Ostentar la condición de Coordinadora o Federación conforme a lo establecido en el artículo 27 de
la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el mundo y estar inscritas como
tales en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas.

4. b ) Periodo o periodos durante los que deben m antenerse los requisitos :

Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse desde la fecha de concesión de
la subvención hasta dos años posteriores a la finalización de la ejecución

4. c) Otras circunstancias , previstas en norm as autonóm icas y estatales con rango de ley, y en las norm as de la Unión Europea , que
im piden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria :
4. d ) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria :
1.- Atendiendo a la naturaleza de las subvenciones reguladas por la presente Orden, y a fin de
reducir de cargas o trámites a realizar por las Entidades, dado el carácter de las mismas, al amparo
de lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
las entidades solicitantes quedan exceptuadas de la obligación de acreditar hallarse al corriente en

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193684

No se establecen .
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3. del Texto Articulado :