Disposiciones generales. . (2021/110-2)
Orden de 4 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las comunidades andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Jueves, 10 de junio de 2021
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1. Disposiciones generales
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior

El Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de
marzo, establece en su artículo 6 que los andaluces y andaluzas en el exterior y las
comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía tendrán derecho a participar en la
vida del pueblo andaluz y a compartirla, en los términos que, en cada caso, establezcan
las leyes.
La Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, da
respuesta a este mandato, siendo uno de sus objetivos, entre otros, el mantener vivos los
vínculos de los andaluces en el exterior con Andalucía y que las Comunidades Andaluzas
se conviertan en dinamizadoras de las relaciones sociales, culturales y económicas con
los países donde están establecidas y con Andalucía.
El Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías, establece la ordenación de las competencias que
corresponden a las distintas Consejerías. En su artículo 4 se establecen las competencias
de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior que han sido
desarrolladas por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la misma. En el artículo 8.1, letra j) del referido decreto se atribuye
a la Secretaría General de Acción Exterior el impulso y la dirección de las competencias
relacionadas con los andaluces y andaluzas que residen fuera de la Comunidad Autónoma
y de la ciudadanía andaluza retornada, y en su apartado segundo la dependencia orgánica
y funcional de la Dirección General de Relaciones con los Andaluces en el Exterior.
Asimismo, en el artículo 17 del Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, se establece que
corresponde a la Dirección General de Relaciones con los Andaluces en el Exterior la
coordinación de las competencias relacionadas con los andaluces y andaluzas que residen
fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Y en particular promover las actuaciones
necesarias dirigidas a la atención y apoyo a los andaluces y andaluzas en el exterior e
impulsar y apoyar a las comunidades andaluzas como principales representantes de la
identidad y cultura andaluza fuera del territorio de la Comunidad Autónoma.
Las Comunidades Andaluzas han sido y son una extensa red que ha contribuido
a un fuerte desarrollo de la identidad andaluza y a consolidar un importante fenómeno
asociativo que merece ser atendido, acercándoles, en la medida de lo posible, la realidad
actual de Andalucía más allá de los límites que impone el territorio. La Ley 8/2006, de 24
de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, establece en su artículo 26.1,
contempla medidas de apoyo a las Comunidades Andaluzas mediante subvenciones
que la Administración de la Junta de Andalucía pueda establecer en el marco de sus
competencias.
Con objeto de intensificar la aplicación de los principios de transparencia,
concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se adopta el procedimiento
de concesión en régimen de concurrencia competitiva, como procedimiento ordinario
de concesión establecido por el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y el artículo 120.1 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Orden de 4 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones a las comunidades andaluzas, en régimen
de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural,
de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el
mantenimiento de dichas entidades.