Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/109-7)
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal laboral fijo de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Miércoles, 9 de junio de 2021
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c) 0,20 puntos por cada curso realizado de hasta 15 horas de duración, 0,30 puntos
por cada curso realizado de entre 16 y 30 horas de duración, y 0,50 puntos por cada
curso realizado de más de 30 horas de duración. En todos los casos serán tenidos en
cuenta los cursos organizados por una Universidad o centro oficial de formación, en el
área de conocimiento propia de la categoría profesional del puesto al que se aspira, y de
conformidad con los requisitos establecidos en la normativa interna de la Universidad de
Cádiz. El máximo de puntuación de este apartado será de 2 puntos.
d) 1 punto por cada titulación Universitaria específica, de igual o superior nivel, al
puesto de trabajo convocado, con un máximo de 2 puntos.
e) 0,75 puntos por el cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como
por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce
años, siempre que el puesto de trabajo solicitado esté ubicado en localidad distinta de
la del destino del trabajador y siempre que se acredite fehacientemente por la persona
interesada que el puesto que se solicita permite una mejor atención al menor.
f) 0,50 puntos por el cuidado de un familiar de primer o segundo grado de
consanguinidad o afinidad que se encuentre a su cargo siempre que, por razones de edad,
accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe
actividad retribuida, y que el puesto de trabajo solicitado esté ubicado en localidad distinta
a la del destino del trabajador y coincida con la localidad de residencia del familiar o esté
más cercano a ella. Debiéndose acreditar fehacientemente por el interesado la situación
alegada.
g) En caso de igualdad el criterio establecido es el de mayor antigüedad en la
Universidad.

8. Protección de datos y tratamiento de datos de carácter personal.
8.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad
de Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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7. Resolución del concurso de traslado.
7.1. La Gerente, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de fin
de plazo de presentación de solicitudes, hará pública resolución con la adjudicación
provisional del concurso de traslado en la página Web del área de Personal
(https://personal.uca.es/provision-de-puestos-de-trabajo/).
Debido a la situación actual generada por la pandemia COVID-19, el plazo de
resolución del concurso estará condicionado a la evolución de la misma.
Contra dicha resolución los interesados disponen de cinco días, a contar desde el
siguiente al de su publicación, para realizar las alegaciones que consideren y, una vez
resueltas, se publicará resolución con la adjudicación definitiva.
7.2. Contra dicha Resolución definitiva, las personas interesadas podrán interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.3. El trabajador o trabajadora que obtenga plaza en el concurso de traslado, se
incorporará a su nuevo destino una vez se resuelva, en su caso, la consiguiente
convocatoria de promoción interna, pudiéndose adelantar su incorporación por resolución
motivada de la Gerencia.
7.4. Resuelto definitivamente el concurso de traslado, el destino adjudicado, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 19.8 del vigente Convenio Colectivo, será
irrenunciable.