3. Otras disposiciones. . (2021/109-11)
Orden de 1 de junio de 2021, por la que se establece el calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2022 y se faculta a los Ayuntamientos a solicitar la permuta de hasta dos días para el citado año.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Miércoles, 9 de junio de 2021
página 135

estimadas serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía antes del 1 de
enero del año en el que hayan de aplicarse.
En aplicación de todo lo anterior, la presente orden establece el calendario de
domingos y festivos de apertura comercial autorizada para el año 2022 aplicando los
criterios legalmente establecidos, previa consulta al Consejo Andaluz de Comercio
y otorga a los Ayuntamientos de Andalucía la facultad de permutar hasta dos de estos
domingos o festivos de apertura autorizada para el 2022, por otros domingos o festivos
que también cumplan con los criterios que establece el texto refundido de la Ley del
Comercio Interior de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en esta Orden, con el
fin de conseguir una mayor adecuación a las necesidades concretas de las personas
comerciantes y consumidoras de cada localidad.
A la vista de lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Comercio, en uso
de la habilitación prevista en el artículo 19.2 del texto refundido de la Ley del Comercio
Interior de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo,
DISPONGO
Primero. Domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer
abiertos durante el año 2022.
Los domingos y días festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al
público durante el año 2022 serán los siguientes:

Segundo. Permuta de hasta dos de los domingos y festivos de apertura comercial
autorizada para el año 2022.
1. En aplicación del apartado 3 del artículo 19 del texto refundido de la Ley del
Comercio Interior de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de
marzo, todas las Corporaciones Locales de Andalucía, por acuerdo motivado del
órgano correspondiente, podrán solicitar la permuta de hasta dos de los domingos y
festivos habilitados en el calendario para 2022, por otros en atención a las necesidades
comerciales de su término municipal, conforme a los criterios establecidos en el apartado
4 del mencionado artículo 19.
2. Dicha solicitud de permuta se realizará a la Dirección General de Comercio de la
Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades y se
podrá presentar desde la fecha en la que surta efectos la Orden hasta el 1 de noviembre
de 2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193648

2 de enero, domingo.
9 de enero, domingo.
27 de febrero, domingo.
14 de abril, Jueves Santo.
2 de mayo, lunes.
3 de julio, domingo.
31 de julio, domingo.
15 de agosto, lunes.
28 de agosto, domingo.
1 de noviembre, martes.
27 de noviembre, domingo.
4 de diciembre, domingo.
8 de diciembre, jueves.
11 de diciembre, domingo.
18 de diciembre, domingo.
26 de diciembre, lunes.