Disposiciones generales. . (2021/108-7)
Orden de 28 de mayo de 2021, por la que se convocan, para los ejercicios 2021 y 2022, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro, para la cooperación en la implantación y el desarrollo de las Estrategias Locales de Intervención en Zonas Desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Martes, 8 de junio de 2021
página 112

1. Disposiciones generales
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Orden de 28 de mayo de 2021, por la que se convocan, para los ejercicios
2021 y 2022, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas
a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro, para la cooperación
en la implantación y el desarrollo de las Estrategias Locales de Intervención en
Zonas Desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
La Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, hoy Consejería de Igualdad, Políticas
Sociales y Conciliación, según Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la
Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías (BOJA núm. 14, de 22 de enero
de 2019), aprobó mediante Orden de 19 de diciembre de 2018, las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas
a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro, para la cooperación en
la implantación y el desarrollo de las Estrategias Locales de Intervención en Zonas
Desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de esta Consejería
(BOJA núm. 249, de 27 de diciembre de 2018).
Estas bases reguladoras han sido objeto de una reciente modificación mediante
Orden de 7 de mayo de 2021 (BOJA núm. 90, de 13 de mayo), que viene a solventar
las dificultades observadas en la tramitación de la convocatoria anterior (2019-2020),
ya resuelta, pretendiendo hacer más efectiva y eficaz la tramitación de esta nueva
convocatoria. Además, esta modificación ha actualizado su ajuste a la nueva normativa
en vigor, permitiendo, entre otros beneficios, concretar con mayor rigor algunos aspectos
del baremo, de acuerdo con la normativa reguladora de los Fondos Europeos.
De acuerdo con la disposición adicional segunda de esta Orden de 7 de mayo de 2021,
se faculta a la Dirección General de Servicios Sociales para realizar cuantas actuaciones
sean necesarias en el desarrollo, aplicación, evaluación y control de las mismas.
En el marco de las citadas bases reguladoras se convoca mediante la presente orden
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a entidades privadas y
organizaciones sin ánimo de lucro para la intervención en zonas desfavorecidas, mediante
la implantación y desarrollo de las actuaciones incluidas en el Plan Local de la entidad
local correspondiente.
En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010,de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto
106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,

Primero. Convocatoria y bases reguladoras.
1. Se convoca para los ejercicios 2021 y 2022, en la modalidad de concesión en
régimen de concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvención en el ámbito de la
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación: Cooperación en la implantación
y desarrollo de las Estrategias Locales de Intervención en Zonas Desfavorecidas en
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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