5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/107-27)
Anuncio de 25 de mayo de 2021, del Consorcio Parque de Maquinaria de la Zona Nororiental de la Provincia de Málaga, de aprobación de modificación de los Estatutos de fecha 25 de octubre de 1991. (PP. 1752/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Lunes, 7 de junio de 2021
página 405

Artículo 24. Si una Corporación, unilateralmente, se separa del Consorcio, deberá
adoptar este acuerdo en el Pleno Corporativo correspondiente y estará obligada:
a) Abonar la aportación que se fije (anual, mensual, semestral...), así como los gastos
variables que se devenguen a la misma fecha.
b) Para que la Corporación unilateralmente quede separada del Consorcio, estará
obligada previamente a liquidar las deudas de las obligaciones contraídas por el Consorcio,
durante su tiempo de permanencia en el mismo, pudiendo el Consorcio solicitar que
dichas cantidades sean retenidas de las aportaciones del Estado a través de Hacienda.
Se establecerá para las demás Corporaciones una nueva cuota de aportación,
exceptuando a la Corporación separada de la misma.
El acuerdo de separación de una o varias Corporaciones se establecerá en la
forma y con los requisitos establecidos en el artículo 36 de Reglamento de Población y
Demarcación Territorial, aplicable por analogía, a esta figura jurídica.
Artículo 25. En todo lo no previsto en estos Estatutos se estará a lo dispuesto en la
Legislación vigente en la materia.»
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Junta General de este
Consorcio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Málaga, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se
optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer
Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

00193007

Archidona, 25 de mayo de 2021.- El Presidente, Juan Francisco González Lorca.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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