Disposiciones generales. . (2021/107-3)
Acuerdo de 1 de junio de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030 (EMSA 2030).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Lunes, 7 de junio de 2021
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ambiental estratégica ordinaria, de planes y programas, y al procedimiento establecido
para la evaluación de impacto en salud en los artículos 7 a 9 del Decreto 169/2014, de 9
de diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la
Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Objeto.
El objeto de la Estrategia es constituirse como el instrumento planificador que
oriente estratégicamente, hasta el periodo 2030, las actividades de fomento, promoción,
seguimiento, ordenación, investigación y explotación de los recursos minerales en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con los intereses sociales
y económicos, tanto sectoriales como generales, de forma coordinada y compatible con
la planificación económica, industrial, medioambiental y territorial de Andalucía y en el
marco de la normativa europea, nacional y autonómica.
Tercero. Principios.
La Estrategia se sustentará en los siguientes principios básicos:
a) Participación y transparencia. En base a estos principios se incorporan
mecanismos que garanticen la participación en el proceso de elaboración de la Estrategia
de la sociedad civil, de los agentes económicos y sociales, colegios profesionales, así
como de las Administraciones Públicas interpeladas por razón de sus competencias, y
particularmente a la Administración local.
b) Adaptación y resiliencia. De acuerdo con estos principios, la Estrategia se dotará
de una estructura flexible que permitirá adaptar las actuaciones puestas en marcha para
lograr el alcance de sus objetivos conforme evolucione el contexto legislativo, económico
y social relacionado con el ámbito de la minería.
c) Evaluabilidad. Este principio se incorpora mediante un sistema de seguimiento que
permita una evaluación continuada de los resultados obtenidos con objeto de realizar los
ajustes necesarios para la consecución de los objetivos previstos.

Quinto. Proceso de elaboración y aprobación.
1. El modelo de gobernanza de elaboración y aprobación de la Estrategia garantizará
la participación real y efectiva de la sociedad civil, de los agentes económicos y sociales,
colegios profesionales, así como de las Administraciones Públicas interpeladas por razón
de sus competencias. Los principales actores en el modelo de gobernanza serán:
a) La Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades, encargada de la elaboración de la Estrategia.
b) Se creará un grupo de trabajo encargado de la elaboración de la Estrategia, que
estará presidido por el titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades y cuya Vicepresidencia será ejercida por la persona titular
de la Secretaría General competente en materia de actividades mineras.
Formarán parte, asimismo, del grupo de trabajo, una persona representante con
rango, al menos, de titular de Dirección General de las Consejerías de Agricultura,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Contenido.
La Estrategia deberá contener, al menos, los siguientes elementos:
a) Diagnóstico que recoja los datos de partida y describa los problemas, necesidades
y retos a abordar en el horizonte temporal establecido.
b) Determinación de los objetivos, cuantificados mediante indicadores de impacto, y
líneas estratégicas.
c) Programación de las actuaciones a desarrollar en el seno de la Estrategia con
indicación de objetivos específicos, indicadores de realización y de resultado, unidades
responsables, ámbito temporal y presupuesto asociado.
d) Establecimiento de un sistema de seguimiento y evaluación de la Estrategia.