3. Otras disposiciones. . (2021/106-4)
Orden de 25 de mayo de 2021, por la que se establecen, mediante actuaciones de replanteo, los datos identificativos de la línea que delimita los términos municipales de Camas y Tomares, ambos en la provincia de Sevilla.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Viernes, 4 de junio de 2021
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Según el artículo 10.4 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, las resoluciones de
replanteo se adoptarán, mediante Orden, por la persona titular de la consejería competente
sobre régimen local. En consecuencia, procede la resolución del procedimiento mediante
esta Orden, a la vista de la propuesta efectuada por la Dirección General de Administración
Local.
Segundo. De conformidad con el artículo 7.2.h) y m) del Decreto 141/2006, de 18 de julio,
por el que se ordena la actividad cartográfica en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, de la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, es el organismo público competente
para prestar asistencia técnica a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local en la delimitación de los términos municipales.
Asimismo, los artículos 3.1 y 10.3 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, regulan
la intervención de dicho Instituto en los procedimientos de replanteo de los términos
municipales, mediante la emisión del informe de replanteo.
Tercero. El artículo 10.1, en consonancia con el artículo 4.1 del Decreto 157/2016,
de 4 de octubre, establece que, sin perjuicio de la inamovilidad de las líneas definitivas,
se efectuarán las actuaciones de replanteo necesarias para el establecimiento de los
datos identificativos de las líneas delimitadoras de los términos municipales, al objeto de
proyectar sobre la realidad física las acordadas en su día, en el caso de que el deslinde
no se hubiera efectuado con las coordenadas geográficas conforme al sistema de
representación y georreferenciación previsto en el apartado 2 del artículo 4.
Por ello, partiendo de la consideración de que, según dispone el artículo 2.2.b) en
relación con el artículo 2.2.k) del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, tanto el acta de
deslinde como el acto administrativo de determinación de una línea límite constituyen
títulos acreditativos del deslinde entre dos municipios, la presente orden se ha limitado a
proyectar sobre la realidad física la línea definitiva divisoria de los municipios de Camas y
Tomares, partiendo de la descripción contenida en el Acta de deslinde de 14 de septiembre
de 1905, levantada para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de 15 de julio de
1890, en relación con el Acta de 22 de mayo de 1871 citada en el Hecho Segundo y con
pleno respeto de las mismas, conforme al Sistema Geodésico de Referencia ETRS89,
expresando sus coordenadas en grados sexagesimales, con precisión mínima de cinco
decimales y en proyección UTM huso 30 para la representación cartográfica.
En virtud de los Hechos y Fundamentos de Derecho que anteceden y de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 10.4 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, en relación con
los artículos 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como con las demás normas administrativas, concordantes
y de general aplicación, en uso de las facultades que me han sido conferidas,

Primero. De conformidad con el deslinde contenido en el Acta de deslinde de 14 de
septiembre de 1905, levantada para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de 15 de
julio de 1890, por la que se aprueba la segregación de San Juan de Aznalfarache del
término municipal del antiguo municipio de «San Juan y Tomares», en relación con el
Acta de 22 de mayo de 1871 citada en el Hecho Segundo, dotar de coordenadas y de
datos identificativos conforme al Sistema Geodésico de Referencia actualmente vigente,
a la línea divisoria que delimita los términos municipales de Camas y Tomares, ambos
en la provincia de Sevilla, figurando en el Anexo a la presente Orden los citados datos
cartográficos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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