Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/103-10)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Estadística (A1.2018).
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Número 103 - Martes, 1 de junio de 2021
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Tercero. 1. Conforme a lo dispuesto en la Disposición adicional segunda del Decreto
179/2017, de 7 de noviembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente
al año 2017, y en el apartado tres de la base séptima de la resolución de convocatoria, la
petición de destino habrá de efectuarse preferentemente mediante la utilización de medios
electrónicos, de acuerdo con el modelo que se publica como Anexo II de la presente
resolución, debidamente firmado y cumplimentado, sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. La presentación electrónica se realizará en el Registro Electrónico Único de la
Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del empleado público, a través de
la dirección
https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico/
y conforme al procedimiento que se detalla en el Manual explicativo que figura en la
indicada página, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados siguientes sobre la
documentación a la que se refiere la base séptima, apartado 4, de la Resolución de 22
de noviembre de 2019, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la
que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior
Facultativo, opción Estadística, de la Junta de Andalucía.
Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico vigente y reconocido que sea válido, expedido por la FNMT-RCM,
si se accede fuera de la red corporativa, pudiendo utilizarse usuario y clave si se accede
desde dicha red.
La solicitud presentada ante el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía no
podrá ser modificada, en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva
solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en
el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.
3. Además de la petición de destino señalada en los párrafos anteriores, las personas
aspirantes deberán aportar la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la base
séptima contenida en la Resolución de 22 de noviembre de 2019, en idéntico plazo de 20
días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
A tales efectos, y con objeto de agilizar la tramitación del proceso, la presentación
de dicha documentación se llevará a cabo preferentemente por medios electrónicos, a
través de la «Presentación Electrónica General», o en el Registro de la Consejería de la
Presidencia, Administración Pública e Interior, sito en la calle Alberto Lista núm. 16, C.P.
41071 de Sevilla, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
En caso de que se opte por presentar la documentación acreditativa del cumplimiento
del requisito de la titulación académica exigida para el ingreso mediante la «Presentación
Electrónica General», deberá incorporarse copia electrónica auténtica del título académico
oficial o, en su defecto, copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de
la «Consulta de Títulos Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de
Educación y Formación Profesional.
4. En cualquier caso, la declaración responsable a la que hace referencia la letra c)
del apartado 4, contenido en la base séptima de la Resolución de convocatoria,
deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo II-A de la presente
Resolución, siendo preferente su presentación en el Registro Electrónico Único de la
Junta de Andalucía junto al formulario de petición de destinos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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