Disposiciones generales. . (2021/103-4)
Orden de 27 de mayo de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021, ayudas para la adecuación de suelos con destino a vivienda protegida.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Martes, 1 de junio de 2021
página 63

b) Anexo II: Modelo de aceptación, de desistimiento y de alegaciones y aportación de
documentación.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia competitiva, para la ejecución de actuaciones de adecuación de suelos con
destino a viviendas protegidas.
Tercero. Requisitos para solicitar la subvención.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las corporaciones locales y
las entidades o sociedades mercantiles participadas íntegramente por estas, debiendo
cumplir las actuaciones que se presenten los requisitos de la base reguladora primera.

Quinto. Solicitudes.
1. Las solicitudes de ayuda irán dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de
Vivienda y se presentarán conforme al modelo publicado como Anexo I de la presente orden.
2. Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos,
preferentemente en la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, accesible a través de la dirección web:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio.
html en el apartado «servicios y trámites».
3. Tanto la solicitud como los demás modelos publicados se podrán cumplimentar
directamente en la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, o en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en
la página web de dicha Consejería, Catálogo de procedimientos y servicios.
4. La documentación a aportar con la solicitud, según establece la base reguladora
novena, se ordenará de la siguiente forma:
a) Un archivo denominado 1DESCRI incluirá una memoria descriptiva de la actuación,
planos de ordenación y determinaciones urbanísticas de aplicación conforme a los
instrumentos de ordenación aprobados.
b) Un archivo denominado 2COSTES incluirá la justificación del coste previsto de la
actuación, conforme a lo establecido al apartado 2 de la base reguladora cuarta, y estudio
de la viabilidad económica y justificación de su disponibilidad.
c) Un archivo denominado 3JUSTIF incluirá una memoria en la que se constante la
justificación deque la actuación, en relación con el Plan Municipal de Vivienda y Suelo, así
como su situación en cuanto a tramitación, si no hubiese sido remitido a esta Consejería.
Incluirá también la justificación de aquellos aspectos que tengan que ser tenidos en cuenta
para la valoración de la actuación, de acuerdo con lo establecido en la base reguladora
décima segunda.
d) Un archivo denominado 4OPCIÓN, que incluirá, en su caso, cualquier otro
documento que se necesite presentar.
5. La documentación que deba presentarse en el trámite de audiencia previsto en la
base reguladora décima tercera, o cuando se presente junto con la solicitud, se incluirá
en dos archivos:
a) Un archivo denominado 5IDENTID, que incluirá escritura de constitución de la
entidad y acreditación de la representación, mediante poder, excepto en el caso de que
la entidad solicitante sea una Administración Pública, en cuyo caso presentará certificado
identificativo de la persona representante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente
a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto
en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.