5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/103-38)
Anuncio de 17 de mayo de 2021, del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, para la provisión de un puesto de Técnico Naval, Grupo II, laboral con carácter fijo, mediante concurso-oposición. (PP. 1641/2021).
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Número 103 - Martes, 1 de junio de 2021
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4. Quienes figuren en la relación definitiva de personas seleccionadas o sus
representantes, deberán acudir provistas de DNI, Pasaporte o Tarjeta de Identidad de
Extranjero en vigor y deberán aportar en la comparecencia la siguiente documentación:
a) Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban como personal laboral, en el
que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro estado,
no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o
información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o
la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable,
la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo
declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio
del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales
hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que
hubiera lugar.
b) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional expedido por el facultativo del
Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada o por cualquier
otro facultativo colegiado. Las personas aspirantes que tengan la condición de personas
con discapacidad igual o superior al 33 %, deberán aportar certificado de los órganos
competentes de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales u organismos similares de
otras Administraciones Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones
de la plaza que solicite.
c) Original del título académico para su cotejo y posterior incorporación a su expediente
personal, sin perjuicio de lo dispuesto en la base segunda punto 3.
d) Original del permiso de conducción clase B para su cotejo y posterior incorporación
a su expediente personal.
5. Si en el momento indicado, la persona seleccionada no se personase, salvo
causa de fuerza mayor o no presentase la referida documentación, se entenderá que
desiste de su derecho a ser seleccionada en el concurso-oposición convocado por la
presente resolución, quedando anuladas todas sus actuaciones. Será en este momento
cuando, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas y en el supuesto de
haberse producido renuncias o inasistencias de las personas aspirantes seleccionadas,
la Administración requerirá de la Comisión de Selección, por una única vez, una relación
complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible
consideración como personas adjudicatarias de la categoría correspondiente. Dicha
relación complementaria en ningún supuesto abrirá un nuevo periodo de baremación, por
lo que solo podrán formar parte de dicho listado complementario las personas aspirantes
que, habiendo sido valoradas por la Comisión de Selección, cuenten con una puntuación
total consecutiva e ininterrumpida a las inicialmente propuestas.
6. Por resolución de la Gerencia, se aprobará la relación definitiva del aspirante a ocupar
el puesto, y podrá interponerse recurso administrativo de conformidad a lo estipulado en
el artículo 31 de los Estatutos de este Consorcio, publicados en el BOJA núm. 149, de 5
de agosto de 2019, y con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como con los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00192403

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