Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/101-11)
Resolución de 21 mayo de 2021, de la Universidad de Almería, por la que se convocan concursos públicos para la contratación de personal para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Viernes, 28 de mayo de 2021
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los contratos en cuestión, adjudicación que se hará pública en el tablón de anuncios del
Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
6.8. Finalizado y firme el proceso del concurso, los candidatos podrán solicitar en el
Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería la devolución
de la documentación aportada por los mismos. En todo caso, transcurrido un año desde
que el proceso devino firme, sin que los interesados hayan solicitado la devolución de
la documentación, se procederá a su destrucción, previa publicación de la relación de
plazas cuya documentación está prevista destruir en el tablón de anuncios del Servicio
de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería.
6.9. A efectos del cómputo de plazos, se considerarán inhábiles los periodos así
declarados por resolución de la Universidad de Almería sobre declaración de período
inhábil a efectos de cómputo de plazos para resolver los procedimientos de selección de
personal en el ámbito de la Universidad.
6.10. En el caso de haber varios candidatos, y que así venga reflejado en la plaza
correspondiente en el Anexo C, con la relación baremada de aspirantes se elaborará
una lista de espera para el caso en que el aspirante propuesto renunciara al contrato
correspondiente dentro del periodo de duración del contrato reseñado en dicha plaza, u
otras situaciones análogas.
7. Carácter del contrato.
7.1. Los contratos tendrán carácter laboral temporal y se realizarán preferentemente
bajo la modalidad de contrato por obra o servicio determinado para la realización de un
proyecto específico de investigación científica y técnica o de acuerdo con lo que disponga
la respectiva convocatoria, bajo cualquiera de las modalidades contractuales previstas en
la Sección 2.ª del Título II de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y
la Innovación.
7.2. El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de
incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. La
adjudicación del contrato no implica por parte de la Universidad de Almería ningún
compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.

9. Duración del contrato.
9.1. La duración estimada de los contratos suscritos al amparo de la presente
convocatoria será la establecida en el anexo de la correspondiente convocatoria, y no
podrá ser superior a tres años. No obstante, y de acuerdo con la disposición adicional
decimoquinta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en su versión dada por Ley 35/2010,
de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, cuando
estén vinculados a un proyecto específico de investigación o de inversión, superior a tres
años, pondrán extenderse hasta la finalización del mismo de acuerdo con las necesidades
y disponibilidad presupuestaria del proyecto.
9.2. En ningún caso la vigencia del contrato podrá exceder la duración del proyecto al
que se adscribe.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193001

8. Cuantía del contrato/retribuciones.
8.1. La retribución a percibir por el trabajador será la detallada en el anexo de la
correspondiente convocatoria. El contrato implicará además el alta en el Régimen
General de la Seguridad Social. Las cuantías contempladas en los anexos podrán sufrir
las variaciones que establezcan las normas que les sean de aplicación, o por causas
sobrevenidas no previstas inicialmente.