Disposiciones generales. . (2021/99-2)
Orden de 18 de mayo de 2021, por la que se convocan ayudas a la creación de las organizaciones de productores pesqueros, previstas en la Orden de 16 de mayo de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, 2014-2020.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 99 - Miércoles, 26 de mayo de 2021
página 15

R ES U ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Efectuar convocatoria para la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 16
de mayo de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el
sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo
del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, 2014-2020, publicada en BOJA núm. 96,
de 21 de mayo de 2020, de la siguiente línea de ayuda: Creación de las organizaciones de
productores pesqueros.
2. Esta ayuda podrá concederse a las organizaciones de productores pesqueros
reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante los cinco
primeros años desde su creación. Aquellas OPP que hayan sido reconocidas con
anterioridad al 1 de diciembre de 2020 podrán solicitar la ayuda por su funcionamiento en
los años 2020 y 2021. Las OPP que hayan sido reconocidas después del 1 de diciembre
de 2020 podrán solicitar la ayuda por su funcionamiento en 2021.
3. La información asociada al procedimiento de ayudas a la creación las
organizaciones de productores pesqueros reconocidas en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía está disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, en
el procedimiento RPS núm. 9031, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos
y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/9031/datos-basicos.html
Segundo. Financiación.
Línea de ayuda

Entidades
beneficiarias

Partida presupuestaria

Creación de organizaciones
profesionales

Entidades sin
ánimo de lucro

1300120000/G/71P/48300/00/G1353513G6

Cuantía
máxima (€)
AÑO 2021
95.000,00

Cuarto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de ayuda se presentarán en el Registro Electrónico Único de la
Administración de la Junta de Andalucía, ajustándose al formulario conforme al modelo de
Anexo I establecido en esta orden. Este trámite se podrá realizar a través de la siguiente
dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/9031/como-solicitar.html
2. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente
en materia de pesca y acuicultura.
3. El plazo para la presentación de las solicitudes será de siete días hábiles, contados
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192782

Tercero. Relación con la Administración.
1. De conformidad con la Orden de 16 de mayo de 2020, las organizaciones de
productores estarán obligadas, en todo caso, a relacionarse con la Administración a
través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite relacionado con
esta línea de ayuda.
2. Las organizaciones de productores pesqueros, al estar obligadas a relacionarse
electrónicamente con la Administración de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, deberán disponer de un sistema de identificación y firma
que permita garantizar y acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y
consentimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la referida ley.