Disposiciones generales. . (2021/547-1)
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Córdoba, por la que se modifica la Resolución de 19 de mayo de 2021, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en la provincia de Córdoba.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Extraordinario núm. 47 - Lunes, 24 de mayo de 2021

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1. Disposiciones generales
Consejería de Salud y Familias
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Delegación Territorial de Salud
y Familias en Córdoba, por la que se modifica la Resolución de 19 de mayo
de 2021, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la
aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la
contención de la COVID-19, en la provincia de Córdoba.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 20 de mayo de 2021, se dictó el oportuno auto del Tribunal
Supremo con número de procedimiento 3245/2021, relativo al recurso de casación
interpuesto por esta Comunidad Autónoma contra el auto núm. 267/2021 de 10 de mayo.
En el citado auto se dispone dos conclusiones:
«Una es que, como ya se ha dicho, las medidas sanitarias aún no ratificadas
judicialmente no despliegan efectos ni son aplicables. La otra consecuencia es que, si la
ratificación judicial es denegada, no es preciso que la Administración acuerde dejar sin
efecto el acto que recogía las medidas sanitarias, pues se trata de un acto que nunca ha
sido legalmente eficaz.»
Segundo. A la vista del citado auto, el Comité Territorial de Alertas de Salud Pública
de Alto Impacto de la provincia de Córdoba, acuerda en su reunión de 21 de mayo de
2021, realizar las siguientes modificaciones a la Resolución de 19 de mayo de 2021,
según consta en acta de 21 de mayo:
«Por tanto y teniendo en cuenta que la medida de cierre perimetral del municipio de
Castro del Río, adoptada por la Consejería de Salud y Familias mediante Orden de 19 de
mayo de 2021, no produce efectos ni puede ser aplicada antes de que haya sido ratificada
judicialmente, hecho que todavía no tenemos constancia de que se haya producido, y
con el objeto de acompansar esta medida con el nivel de alerta sanitaria en el que debe
incluirse al citado municipio, a saber el del Distrito Sanitario Sur de Córdoba, según
criterio adoptado en el seno del Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, se
adopta por unanimidad de este Comité lo siguiente:
Declarar al municipio de Castro del Río en el nivel de alerta 2 (según la Orden de
7 de mayo de 2021), hasta que la medida de cierre perimetral del citado municipio sea
ratificada judicialmente.»
A los anteriores antecedentes de hecho son de aplicación los siguientes

Primero. Esta Delegación Territorial de Salud y Familias es competente para resolver
el presente procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Orden
de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se
adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía
para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, y el artículo 2.4 de
la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4
como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para
el nivel de alerta sanitaria 2, previstas en la Orden de la Consejería de Salud y Familias
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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