3. Otras disposiciones. . (2021/96-15)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Viernes, 21 de mayo de 2021
página 230

artículo 52 de la LEF. Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los
interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o
intereses consideren afectados, hasta el momento en que se proceda al levantamiento
de las citadas actas previas a la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito
ante las dependencias de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en
Huelva, situadas en la Avda. Vicente Ferrer, s/n, Depósitos de la Cola del Sifón del Odiel
en Huelva, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al
relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado
estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la
relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias citadas.
Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados
por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los
documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación
acreditativa de su titularidad (aportando Nota Simple Informativa o Certificado del Registro
de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo del Impuesto de Bienes
Inmuebles del último año o fotocopias compulsadas de estos documentos y cualquier otro
que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse
acompañar a su costa de peritos y Notario. En caso de incomparecencia se entenderán
las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la LEF.
Séptimo. En el acto del levantamiento de actas previas y de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 24 de la LEF, se podrá proponer la adquisición por mutuo acuerdo de los bienes y
derechos afectados, suscribiéndose, en tal caso, la correspondiente Acta de adquisición por
mutuo acuerdo, que comprenderá, junto a la valoración de los bienes y derechos afectados,
toda indemnización de perjuicios derivados de la rápida ocupación, el premio de afección,
daño emergente, lucro cesante y cuantos derechos e intereses pudieran corresponderle
al titular del bien o derecho objeto de expropiación. En caso de que no se suscriba la
mencionada Acta de adquisición por mutuo acuerdo, se hará entrega a los comparecientes
de la correspondiente Hoja de Valoración de los depósitos previos e indemnizaciones por
rápida ocupación. El abono o consignación de los mismos en la Caja de Depósitos de la
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, se realizará a cuenta del
justiprecio final y una vez efectuado el mismo se procederá a la inmediata ocupación de
acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52 de la LEF.
A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el
expediente, esta Secretaría General Técnica, a instancias de la Dirección General de
Infraestructuras del Agua y en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado 3
del artículo 15 de la Orden de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en
órganos directivos de la Consejería, modificada por la Orden de la Consejera de 20 de
abril de 2020,

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el
procedimiento de urgencia, para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras correspondientes al «Proyecto de Optimización, Modernización y Mejora de la
Presa de Cueva de la Mora para adaptación al RTSPE», t.m. Almonaster la Real (Huelva),
clave A4.521.002/2111, que se desarrollarán en el término municipal de Almonaster la
Real (Huelva), según el Anejo I de esta resolución, en el que se incluyen la relación de
interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación, siendo beneficiario final de
la expropiación la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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