3. Otras disposiciones. . (2021/96-15)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 96 - Viernes, 21 de mayo de 2021
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FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Con la aprobación definitiva del proyecto, de conformidad con el artículo 36
de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales
y administrativas, se entiende implícita la declaración de utilidad pública del fin a que
hayan de afectarse los bienes y derechos de que se trate, y la necesidad de ocupación y
adquisición de los mismos al objeto de la expropiación, ocupación temporal o imposición
de servidumbres. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010,
de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, la aprobación de un proyecto de infraestructura
hidráulica declarado de interés de la Comunidad Autónoma, supone implícitamente la
declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como la necesidad de
urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de expropiación forzosa,
ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres, y se extenderán
a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo definitivo de las obras y en las
modificaciones de proyectos y obras complementarias o accesorias no segregables de la
principal.
Segundo. Esta actuación es de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía al
incluirse en el supuesto recogido en el apartado 1.a) del artículo 29 de la Ley 9/2010,
de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, por tratarse de obras necesarias para la
regulación y conducción de recursos hídricos, al objeto de garantizar la disponibilidad
y aprovechamiento del agua. Se considera por tanto de aplicación el procedimiento
expropiatorio de urgente ocupación que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF) y los artículos 56 y siguientes
del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa (en adelante REF). Corresponde a la Junta de Andalucía, en su
condición de beneficiaria, asumir los costes derivados de la expropiación.
Tercero. Una vez dictada la presente resolución de convocatoria de levantamiento de
actas previas a la urgente ocupación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4
del artículo 16 de la Orden de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias
en órganos directivos de la Consejería, modificada por la Orden de la Consejera de
20 de abril de 2020, corresponde a la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería
y Pesca en Huelva tramitar el procedimiento expropiatorio en todas sus fases y en
concreto, el levantamiento de actas previas, la fijación y pago de los depósitos previos e
indemnizaciones por daños de rápida ocupación, suscripción de actas de determinación
del justiprecio por mutuo acuerdo y suscripción de actas de ocupación y pago, sin
perjuicio de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la citada orden,
corresponde a esta Secretaría la determinación del justiprecio tanto en los supuestos
en que se alcance el mutuo acuerdo con el expropiado como en los casos en los que
se tramite la correspondiente pieza separada, en ambos casos a propuesta de la citada
Delegación Territorial.

Quinto. La Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible en Huelva dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados
mediante citación individual, de acuerdo con lo previsto en el apartado segundo del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192501

Cuarto. La presente resolución será expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento
de Almonaster la Real, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el
Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.
La Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Huelva tramitará el
anuncio de la presente Resolución en uno de los diarios de mayor difusión de Huelva.