Disposiciones generales. . (2021/96-4)
Orden de 14 de mayo de 2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la reactivación de actos culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren Hermandades y Cofradías de Andalucía en 2021, como consecuencia de la crisis sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Viernes, 21 de mayo de 2021
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negativo que la declaración del estado de alarma y las restricciones adoptadas para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha provocado en
estas actividades, al mismo tiempo que potenciar estas celebraciones desde el punto de
vista cultural.
2. La presente convocatoria se regirá por las previsiones contenidas en el Capítulo II
del Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en
el ámbito económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus
(COVID-19), para el sector de las agencias de viajes, para la reactivación de actos
culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones y otras
entidades de análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en
2021, para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la
hostelería, y se modifican otras disposiciones.
3. Se aprueban en la presente orden el formulario de solicitud, que se acompaña como
Anexo I, el formulario de subsanación de la solicitud, que se acompaña como Anexo II
y el formulario de alegaciones y presentación de documentos, que se acompaña como
Anexo III.
4. El procedimiento correspondiente a la tramitación de las subvenciones contempladas
en la presente convocatoria se encuentra disponible en el Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la Junta de Andalucía, con el código número 24589.
Segundo. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se iniciará a solicitud de la
entidad solicitante, y se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia no competitiva,
de conformidad con lo previsto en el artículo 120.1 del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 2.2.b) del Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por
el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Tercero. Solicitudes y órgano al que se dirige.
1. Las solicitudes de las subvenciones se cumplimentarán de forma electrónica de
acuerdo con los formularios que estarán disponibles en la oficina virtual de la Consejería
de Cultura y Patrimonio Histórico, a la que se podrá acceder a través de la siguiente
dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
2. Se deberá presentar, acompañando a la solicitud, copia auténtica o copia
autenticada de la documentación acreditativa de los siguientes datos:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI/NIF de la persona que ostente la representación y acreditación de sus
facultades representativas.
c) Acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria que se efectuará mediante
declaración responsable, conforme al modelo incluido en el formulario de solicitud.
d) Certificación de inscripción en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de
Justicia.
e) Declaración responsable de la persona titular de la Secretaría de la entidad
solicitante o, en su defecto, de su representante indicando el número de hermandades y
cofradías que formen parte de la misma.
f) Proyecto, que incluirá un desglose de las actividades que hayan sido desarrolladas
o se comprometan a desarrollar, con indicación del coste y fechas de celebración.
3. Si en la solicitud presentada no se hubieran cumplimentado los extremos exigidos
en el Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, se requerirá a la entidad solicitante para que
en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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