Disposiciones generales. . (2021/96-1)
Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Viernes, 21 de mayo de 2021
página 12

1. Disposiciones generales
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las
ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros
Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con
estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la
que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, de la Junta de Andalucía a la suscripción de
seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.

En virtud de lo establecido en la normativa antes referenciada, y a propuesta de la
persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, y en uso
de las facultades que me confiere el artículo 115 del texto refundido de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192499

La Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, desarrollada
por el Reglamento aprobado mediante el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de
diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, prevé el establecimiento anual del Plan
de Seguros Agrarios Combinados, en el que se determinan las producciones que son
asegurables, las fechas de suscripción de los seguros y las ayudas estatales que tendrá
su constitución.
Durante el año 2020 están implicadas las ayudas a la contratación de seguros agrarios
del cuadragésimo Plan de Seguros Agrarios Combinados, aprobado por Acuerdo del
Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018 (BOE núm 304, de 18 de diciembre de
2018), y del cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados, aprobado por
Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de noviembre de 2019 (BOE núm 279, de 20 de
noviembre de 2019).
El Decreto 63/1995, de 14 de marzo, que regula las subvenciones a los seguros
agrarios en Andalucía, está desarrollado por la Orden de 13 de abril de 2018, por la que
se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia
no competitiva de la Junta de Andalucía, a la suscripción de seguros agrarios del Plan de
Seguros Agrarios Combinados, y a tal efecto dispone que la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible subvencionará, con cargo a sus presupuestos,
una parte del coste de las primas de los seguros agrarios que estén incluidos en el Plan
Anual de Seguros Agrarios Combinados, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros.
El artículo 4.2 de dicha orden dispone que con carácter anual, mediante la correspondiente
convocatoria, se establecerá la forma y cuantía de la ayuda, que podrá variar en función
del plan de seguros, de la línea de seguro y de la opción o módulo de aseguramiento,
y en el artículo 5.2 se dispone que las subvenciones se concederán con cargo a los
créditos presupuestarios, que se establezcan en la correspondiente convocatoria, en la
que se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención, en
dicha convocatoria.
Las ayudas a los seguros agrarios que establece el Plan de Seguros Agrarios
Combinados tienen naturaleza de ayuda de Estado, de acuerdo con la Decisión de la
Comisión Europea de fecha de 9 de abril de 2015, por la que se declara compatible
con el mercado común este régimen de ayudas (SA.40313 (2014/N)) y la Decisión de la
Comisión de 28 de agosto de 2015 (SA. 42697 (2015/N)) que prorroga este régimen de
ayudas hasta el 31 de diciembre de 2020.