Disposiciones generales. . (2021/96-3)
Decreto-ley 9/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan, con carácter urgente, medidas para agilizar la tramitación del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Viernes, 21 de mayo de 2021
página 109

Actualmente, el procedimiento de gestión del SAAD se encuentra dividido en dos
fases diferenciadas, que tienen como punto de partida la entrada en el registro de los
servicios sociales comunitarios y que culminan en dos resoluciones administrativas de la
correspondiente Delegación Territorial o Provincial competente en materia de servicios
sociales.
La complejidad del procedimiento administrativo diseñado para la atención a la
dependencia, en el que intervienen en distintas fases las Administraciones Autonómica y
Local, supone un continuo flujo de ida y vuelta que se traduce en una carga burocrática
y en una ralentización en la respuesta a las personas en situación de dependencia, por
lo que se aconseja establecer el inicio en el mismo órgano que tramita la valoración e
incentivar el apoyo a los servicios sociales comunitarios en su atribución esencial de
elaboración de la propuesta de Programa Individual de Atención.
En tales términos se considera que tanto el número de personas en lista de espera,
de solicitudes pendientes de resolución y de personas con grado a dependencia a la
espera de Programa Individual de Atención unido a la necesidad de alcanzar los objetivos
y compromisos derivados del Plan de choque de Dependencia presentado por la
Administración General del Estado, conforman una situación de extraordinaria y urgente
necesidad que conlleva la necesidad de adoptar medidas de forma imprescindible, y
que justifican la figura del decreto-ley, ya que sería imposible introducir las novedades
expuestas en el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia con
la premura necesaria mediante el procedimiento normativo ordinario para la modificación
o aprobación de una norma reglamentaria, teniendo en cuenta los trámites y consecuente
duración previsible que comportaría este último procedimiento.
El decreto-ley constituye un instrumento constitucionalmente lícito, siempre que, tal
como reiteradamente ha exigido el Tribunal Constitucional y concurre en el presente caso,
el fin que justifica la legislación de urgencia sea subvenir a una situación concreta, dentro
de los objetivos gubernamentales. Si bien los poderes públicos no pueden permanecer
ajenos a su existencia, se requiere de una inmediatez en la reacción de este Gobierno
que solo puede lograrse a través de este instrumento normativo.
Todo ello, sin mermar el papel de los servicios sociales comunitarios como pieza
esencial del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía en relación a su
participación en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de
dependencia.
Por todo ello, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 110 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y
Conciliación, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.3 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del
Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 18 de mayo de 2021,

Artículo único. Modificación del Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula
el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a
las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como
los órganos competentes para su valoración.
El Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el
reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su
valoración, queda modificado como sigue:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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