3. Otras disposiciones. . (2021/93-17)
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Viceconsejería, por la que se da publicidad al Convenio Tipo a suscribir entre la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior y los Ayuntamientos andaluces para la puesta a disposición de la aplicación informática «Plataforma Integrada para el derecho de acceso (PID@)».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Martes, 18 de mayo de 2021
página 158

El Ilustrísimo/a-Excelentísimo/a Señor/a don/doña ………............................................…,
Alcalde-Presidente/Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de ……...............................……
actuando en nombre y representación de dicha entidad en virtud del artículo 21/124.4.a)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y por
nombramiento del Pleno del Ayuntamiento de …................................………
Las partes se reconocen capacidad suficiente para suscribir el presente Convenio y, a
tal efecto, en el ejercicio de las atribuciones que les están conferidas,
EXPONEN
Primero. El artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, establece como uno de los principios generales de actuación de las
Administraciones Públicas el de cooperación, colaboración y coordinación, regulando
en el Capítulo VI del Título Preliminar el instrumento jurídico del convenio para la
formalización de acuerdos. Más específicamente, el Capítulo IV del Título III regula las
relaciones electrónicas entre las Administraciones, entre las que se encuentra la previsión
del artículo 157 sobre la puesta a disposición a otras Administraciones de las aplicaciones
de propiedad de una Administración.
Igualmente, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, reconoce los principios de colaboración y cooperación en su relación con otras
Administraciones Públicas, materializado en la suscripción de convenios de colaboración
interadministrativa regulados en el artículo 9.
Por su parte, el artículo 37.4 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de
administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa
de la Junta de Andalucía, prevé que, en el desarrollo de soluciones para la tramitación
electrónica de los procedimientos, se promoverá el intercambio y reutilización de sistemas
y aplicaciones con otras Administraciones Públicas y entidades del sector público.
Finalmente, el principio de colaboración entre la Junta de Andalucía y las entidades
locales andaluzas se reconoce en el artículo 98 del Estatuto de Autonomía para Andalucía
y en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
Segundo. La Administración de la Junta de Andalucía así como las entidades que
integran la Administración Local están sometidas a las disposiciones previstas en la Ley
1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, sobre el ejercicio del
derecho de acceso a la información pública, y en los términos previstos en los artículos
29 y 35 de la citada ley, están obligadas a fomentar la tramitación electrónica de las
solicitudes, y a establecer sistemas para integrar la transparencia en la gestión de la
organización.

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de
septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, la Consejería
de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local es competente en materia de
transparencia. A su vez, el Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192076

Tercero. La Administración de la Junta de Andalucía ostenta la propiedad intelectual
de la aplicación informática PID@ (Plataforma Integrada para el Derecho de Acceso),
herramienta informática mediante la que se tramitan electrónicamente las solicitudes de
acceso a la información pública en desarrollo de lo previsto en el artículo 29 de la Ley
1/2014, de 24 de junio, y en la disposición adicional segunda del Decreto 289/2015, de 21
de julio, por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia
pública en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades
instrumentales.