Disposiciones generales. . (2021/93-3)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se acuerda trasladar la cuantía no aplicada en el tercer procedimiento de selección de la convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al «Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía» para el curso 2020-2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Martes, 18 de mayo de 2021
página 91

1. Disposiciones generales
Consejería de Educación y Deporte
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Agencia Pública Andaluza de Educación,
por la que se acuerda trasladar la cuantía no aplicada en el tercer procedimiento
de selección de la convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva,
de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas
menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación
infantil adheridos al «Programa de ayuda a las familias para el fomento de la
escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía» para el
curso 2020-2021.
Con fecha 17 de agosto de 2020 se publica en el BOJA número 158 la Resolución de 11
de agosto de 2020, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación,
por la que se efectúa convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva,
de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores
de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al
«Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo
de la educación infantil en Andalucía» para el curso 2020-2021.
Dicha convocatoria cuenta con cinco procedimientos de selección sucesivos,
iniciados en septiembre de 2020, cada uno de los cuales tendrá un plazo de presentación
de solicitudes de dos meses de conformidad con el resuelve segundo, apartado 5, de la
Resolución de 17 de agosto de 2020, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por
la que se efectúa la convocatoria abierta. Del mismo modo, esta convocatoria cuenta con
cinco resoluciones definitivas que se publicarán en el plazo de un mes contado desde la
finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada uno de los procedimientos de
selección y siendo los importes máximos a otorgar para cada una de las resoluciones:

Por otra parte, el punto 6 de la base octava del Programa de ayuda a las familias
para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en
Andalucía aprobado mediante Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes
para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía
establece que «cuando a la finalización de un procedimiento selectivo se hayan concedido
las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se
trasladará la cantidad no aplicada al procedimiento inmediatamente posterior mediante
acuerdo expreso del órgano concedente de la cuantía a trasladar y del período en el que
se aplicará, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 del Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El empleo de esta posibilidad
no podrá suponer en ningún caso menoscabo de los derechos de los solicitantes del
periodo de origen».
En ese sentido, a través de Resolución de 12 de abril de 2021, de la Dirección General
de la Agencia Pública Andaluza de Educación, se acordó inicialmente trasladar una
cuantía de 1.300.000 euros, cantidad no aplicada en el tercer procedimiento de selección
de la convocatoria abierta, quedando fijado el importe máximo a otorgar en el cuarto
procedimiento de selección en 3.600.000 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192068

- Para la resolución del 1.er procedimiento de selección: 28.750.000 €.
- Para la resolución del 2.er procedimiento de selección: 11.500.000 €.
- Para la resolución del 3.er procedimiento de selección: 6.900.000 €.
- Para la resolución del 4.º procedimiento de selección: 2.300.000 €.
- Para la resolución del 5.º procedimiento de selección: 1.150.000 €.