Disposiciones generales. . (2021/90-2)
Orden de 7 de mayo de 2021, por la que se modifica la de 19 de diciembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro, para la cooperación en la implantación y el desarrollo de las estrategias locales de intervención en zonas desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Jueves, 13 de mayo de 2021
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00191856

1º Certificación de haber sido registrado en la contabilidad de la entidad beneficiaria el ingreso del importe
concedido, con indicación de la Administración concedente de la subvención, su importe, número del asiento
contable y fecha de ingreso.
2º Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación de la entidad acreedora y del
documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue
con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas. Se indicarán además los criterios de
reparto de los costes generales incorporados en la relación.
3º Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la
documentación acreditativa del pago.
4º Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con
indicación del importe y su procedencia.
5º En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanente no aplicados así como de los intereses
derivados de los mismos.
c) Informe de evaluación anual a través de los medios habilitados para ello y en los términos establecidos en el mismo
por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
d) Constatación documental de la realización de las actuaciones mediante soporte fotográfico, registro de las personas
atendidas, hoja de firmas, encuestas de satisfacción, material informativo, notas de prensa, entre otras.
e) Informe de Vida Laboral de Empresas para el caso de que se hubiera producido oposición expresa a la consulta de
datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
f) Cuando la documentación justificativa sea comprobada mediante consultas a sistemas, deberá quedar constancia en
el expediente para su comprobación posterior.
g) Siempre que la declaración responsable se prevea como forma de justificación, la Administración se reserva el
derecho a su comprobación posterior.
h) Acreditación documental de cada participante en estas actuaciones de que ha tenido conocimiento de que dichas
actuaciones han sido cofinanciadas con Fondo Social Europeo. Para ello podría utilizarse los Anexos I, II y III
incorporados en la presente Orden.
i) Acreditación de la titulación correspondiente según se establece en el apartado 5.c.1º) del presente Cuadro Resumen,
así como, en su caso, de la formación en materia de desarrollo comunitario, mediación o tutorización e igualdad de
género, a que se hace referencia en el mismo apartado. En el supuesto de personas cuya titulación en el contrato sea
diferente a Trabajo Social, Educación Social o Psicología, la entidad u organización correspondiente deberá certificar a
través de su representante legal que las funciones que la persona contratada desarrolla se encuentran contempladas
en el marco del Proyecto de Intervención en Zonas Desfavorecidas, especialmente las de tutorización o mediación,
debiendo detallar dichas funciones.
j) Para programas que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, declaración responsable del
representante legal de la entidad en la que se acredite que obra en su poder la certificación negativa del Registro
Central de delincuentes sexuales de todo el personal que haya participado en el mismo.
k) Cualquier otra documentación justificativa que pudiera necesitarse en el procedimiento de verificación.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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