Disposiciones generales. . (2021/90-2)
Orden de 7 de mayo de 2021, por la que se modifica la de 19 de diciembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro, para la cooperación en la implantación y el desarrollo de las estrategias locales de intervención en zonas desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Jueves, 13 de mayo de 2021
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a) Serán diseñados por los servicios sociales comunitarios desde un trabajo en red con los distintos servicios públicos o entidades
privadas que participen en su desarrollo. Las entidades que concurran a esta convocatoria contribuirán con acciones de
acompañamiento, tutorización y/o mediación individual, familiar o comunitaria, para que las personas en situación o riesgo de
exclusión social realicen un uso normalizado de los recursos públicos, así como a través del acompañamiento y la realización de
actuaciones, en coordinación con los servicios sociales comunitarios, en el marco de itinerarios individualizados de inserción social y
laboral y otras actuaciones de carácter comunitario.
También, en el mismo sentido, las entidades concurrentes podrán contribuir a la sistematización de los procedimientos e
instrumentos necesarios para la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral, con su participación en espacios de trabajo
colaborativos que se desarrollen en el marco de la “Estrategia Regional Andaluza de Cohesión e Inclusión Social. Intervención en
Zonas Desfavorecidas” (en adelante, ERACIS) y de los distintos Planes Locales.
b) Habrán de diseñarse y desarrollarse con el consenso de quienes participen en el mismo.
c) En los supuestos que procedan, se podrá realizar el itinerario de inserción sociolaboral con el conjunto de la unidad familiar.
Las actuaciones, que siempre estarán enmarcadas en el itinerario diseñado por los servicios sociales comunitarios, deberán
desarrollarse con una metodología de trabajo en red a nivel individual, grupal y comunitario. Deben basarse en un trabajo
colaborativo donde deben participar profesionales de distintas entidades, en coordinación con los Servicios Sociales Comunitarios,
con profesionales vinculados a los servicios públicos y otras entidades privadas, con especial atención a la coordinación con las
entidades participantes-beneficiarias de esta subvención. Quienes participen en los itinerarios deberán ser inscritos en el “Registro
de participantes” y estar insertos en un itinerario integrado de inclusión sociolaboral.
Quienes participen en los itinerarios de inclusión sociolaboral deberán recogerse en los Cuestionarios de participantes en
programas de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación financiados con Fondo Social Europeo (“Registros de
participantes”) y estar insertas en un itinerario integrado de inclusión sociolaboral. Ambas herramientas, tanto la de Registro de
cuestionarios de participantes como la de gestión de itinerarios, en sus respectivas plataformas informáticas, las abrirán y
cerrarán los Servicios Sociales Comunitarios.
Las entidades que concurran a esta convocatoria deberán enmarcar sus proyectos, y por tanto sus actuaciones, en uno o en los
dos ámbitos que se citan a continuación, pudiendo además encuadrarlo en el ámbito 3 que se cita en el Apartado siguiente:
ÁMBITO 1. Actuaciones que contribuyan a la mejora de la inclusión social de las personas.
En en este ámbito podrán incluirse medidas en materia de educación, vivienda, salud, servicios sociales y otros sistemas de
protección social.

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- En materia de educación tendrán como objetivos:
a) Realizar acciones de intermediación entre las familias y la comunidad educativa que permitan incrementar el
éxito académico y reducir el absentismo y el abandono escolar temprano, sirviendo como figuras de
acompañamiento en la red de relaciones y recursos que se establezcan en el trabajo familias-escuela,
b) Acompañar y facilitar a las personas desempleadas el acceso a los recursos educativos y formativos que les
permitan conseguir un nivel formativo adecuado para su incorporación al mercado laboral.
c) Realizar talleres y actuaciones grupales, contribuyendo a mejorar/ampliar el mapa de recursos para la inclusión
social y laboral existentes en la zona, con especial atención a cuestiones de alfabetización digital, reducción de la
brecha digital y apoyo al retorno educativo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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