Disposiciones generales. . (2021/90-2)
Orden de 7 de mayo de 2021, por la que se modifica la de 19 de diciembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro, para la cooperación en la implantación y el desarrollo de las estrategias locales de intervención en zonas desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Jueves, 13 de mayo de 2021
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Igualmente se ha tenido en consideración, como principio inspirador, la reducción de
las cargas administrativas que la aplicación de dicha norma lleva implícita, al reducir en
la medida de lo posible, la exigencia a las entidades solicitantes, de más documentación
que la estrictamente necesaria, todo ello en pro de una mayor eficacia y eficiencia en la
consecución de los objetivos perseguidos.
Por todo lo anterior, de conformidad con los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en uso de
las atribuciones conferidas en el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo y el artículo 26.2 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 106/2019, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas sociales y Conciliación.
DISPONGO
Artículo único: Modificación de la Orden de 19 de diciembre de 2018 (BOJA núm. 249,
de 27 de diciembre de 2018), por las que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Entidades
Privadas y Organizaciones sin ánimo de lucro, para la cooperación en la implantación
y el desarrollo de las Estrategias Locales de intervención en zonas desfavorecidas en
Andalucía en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas
Sociales, hoy Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
Se procede a modificar el Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras de
subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva aprobado por
la citada Orden de 19 de diciembre de 2018, que queda redactado de la siguiente forma,
según se inserta como anexo, al final de la presente orden.
Disposición adicional primera.
Toda referencia hecha en el Preámbulo y articulado de la Orden de 19 de diciembre de
2018 a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, se entenderá hecha a la Consejería
de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. Igualmente, toda referencia hecha a la
Secretaría General de Servicios Sociales se entenderá hecha a la Dirección General de
Servicios Sociales.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se faculta a quien ostente la titularidad de la Dirección General de Servicios Sociales
para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en el desarrollo, aplicación, evaluación
y control de la presente orden.
Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango en lo que
contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente norma y en el Cuadro Resumen
que forma parte de su articulado.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.

ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191856

Sevilla, 7 de mayo de 2021