Disposiciones generales. . (2021/84-1)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan, para el año 2021, las subvenciones correspondientes a las líneas 2, 3 y 4 reguladas en la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa de apoyo a la promoción y el desarrollo de la economía social para el empleo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Miércoles, 5 de mayo de 2021
página
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social, por la que se convocan, para el año 2021, las subvenciones
correspondientes a las líneas 2, 3 y 4 reguladas en la Orden de la Consejería
de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del
programa de apoyo a la promoción y el desarrollo de la economía social para el
empleo.
Por Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de
2014, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa
de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
La citada orden, en su disposición adicional única, delega en la persona titular de
la Dirección General de Economía Social, hoy, Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, la
competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones reguladas en dicha
orden.
Conforme a lo establecido en el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
se atribuyen a ésta, en su artículo 1.h), las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía sobre la economía social y, en especial, las cooperativas y las
sociedades laborales. Estas competencias se ejercen a través de la Dirección General
de Trabajo Autónomo y Economía Social a quien le corresponde, de acuerdo con el
artículo 9.2 de citado decreto, entre otras, las competencias relativas al orden cooperativo
y las de otras empresas de economía social y sus asociaciones, así como la promoción
de acciones para la creación y desarrollo de empresas de economía social y con las
asociaciones representativas de los colectivos de empresas de economía social y de
los agentes económicos y sociales más representativos en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
En este marco competencial, impulsar el crecimiento y la competitividad del tejido
empresarial compuesto por las cooperativas y sociedades laborales así como consolidar
la actividad de las asociaciones representativas de los intereses de las entidades de
economía social, se configura como uno de los objetivos primordiales de la Dirección
General de Trabajo Autónomo y Economía Social.
En virtud de lo anterior,
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2021, en régimen de concurrencia competitiva, las líneas
de subvenciones que se indican, reguladas en la Orden de la Consejería de Economía,
Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y
el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo:
a) Línea 2. Difusión y Promoción de la Economía Social.
b) Línea 3. Fomento del Emprendimiento Social.
c) Línea 4. Innovación y Competitividad Empresarial de la Economía Social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191357
R ES U ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Miércoles, 5 de mayo de 2021
página
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social, por la que se convocan, para el año 2021, las subvenciones
correspondientes a las líneas 2, 3 y 4 reguladas en la Orden de la Consejería
de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del
programa de apoyo a la promoción y el desarrollo de la economía social para el
empleo.
Por Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de
2014, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa
de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
La citada orden, en su disposición adicional única, delega en la persona titular de
la Dirección General de Economía Social, hoy, Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, la
competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones reguladas en dicha
orden.
Conforme a lo establecido en el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
se atribuyen a ésta, en su artículo 1.h), las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía sobre la economía social y, en especial, las cooperativas y las
sociedades laborales. Estas competencias se ejercen a través de la Dirección General
de Trabajo Autónomo y Economía Social a quien le corresponde, de acuerdo con el
artículo 9.2 de citado decreto, entre otras, las competencias relativas al orden cooperativo
y las de otras empresas de economía social y sus asociaciones, así como la promoción
de acciones para la creación y desarrollo de empresas de economía social y con las
asociaciones representativas de los colectivos de empresas de economía social y de
los agentes económicos y sociales más representativos en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
En este marco competencial, impulsar el crecimiento y la competitividad del tejido
empresarial compuesto por las cooperativas y sociedades laborales así como consolidar
la actividad de las asociaciones representativas de los intereses de las entidades de
economía social, se configura como uno de los objetivos primordiales de la Dirección
General de Trabajo Autónomo y Economía Social.
En virtud de lo anterior,
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2021, en régimen de concurrencia competitiva, las líneas
de subvenciones que se indican, reguladas en la Orden de la Consejería de Economía,
Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y
el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo:
a) Línea 2. Difusión y Promoción de la Economía Social.
b) Línea 3. Fomento del Emprendimiento Social.
c) Línea 4. Innovación y Competitividad Empresarial de la Economía Social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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