3. Otras disposiciones. . (2021/83-11)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda someter a información pública el Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 4 de mayo de 2021
página 87
procedimientos, la eventual excepción del trámite por esta circunstancia se ajustará a lo
previsto en aquella.
En este sentido, el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2206, de 24 de octubre, del Gobierno
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando una disposición afecte
a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante
un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las
organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y
cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. La decisión sobre el
procedimiento escogido para dar audiencia a la ciudadanía afectada será debidamente
motivada en el expediente por el órgano que acuerde la apertura del trámite de audiencia
(…) El trámite de audiencia y de información pública podrá ser abreviado hasta el mínimo
de siete días hábiles cuando razones debidamente motivadas así lo justifiquen. Sólo podrá
omitirse dicho trámite cuando graves razones de interés público, que asimismo habrán
de explicitarse, lo exijan. En este sentido, la obvia necesidad urgente de atender las
situaciones de extrema necesidad, que es el objetivo de las presentes bases reguladoras,
justifica razonablemente recurrir a abreviar los citados trámites.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el
artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 10.2.d) del Decreto 114/2020, de
8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la
Presidencia, Administración Pública e Interior,
R ES U ELVO
Primero. Someter a información pública el Proyecto de Orden por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro,
en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales
y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero,
con la finalidad de que la ciudadanía, los organismos, las entidades y los colectivos
interesados formulen las alegaciones que estimen pertinentes.
Segundo. Aplicar, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, la tramitación de urgencia al citado procedimiento, por las razones que quedaron
debidamente motivadas en su acuerdo de inicio, y, en consecuencia, establecer un plazo
de siete días hábiles para el trámite de audiencia y de información pública establecidos
para el procedimiento ordinario.
Tercero. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para
su general conocimiento:
a) En formato digital, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la
dirección electrónica:
b) En formato papel, en las dependencias administrativas de la Secretaría General
Técnica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior (Servicio de
Legislación), sita en la calle Zaragoza, núm. 8, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Cuarto. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán
dirigirse a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191184
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/
216580.html
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procedimientos, la eventual excepción del trámite por esta circunstancia se ajustará a lo
previsto en aquella.
En este sentido, el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2206, de 24 de octubre, del Gobierno
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando una disposición afecte
a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante
un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las
organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y
cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. La decisión sobre el
procedimiento escogido para dar audiencia a la ciudadanía afectada será debidamente
motivada en el expediente por el órgano que acuerde la apertura del trámite de audiencia
(…) El trámite de audiencia y de información pública podrá ser abreviado hasta el mínimo
de siete días hábiles cuando razones debidamente motivadas así lo justifiquen. Sólo podrá
omitirse dicho trámite cuando graves razones de interés público, que asimismo habrán
de explicitarse, lo exijan. En este sentido, la obvia necesidad urgente de atender las
situaciones de extrema necesidad, que es el objetivo de las presentes bases reguladoras,
justifica razonablemente recurrir a abreviar los citados trámites.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el
artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 10.2.d) del Decreto 114/2020, de
8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la
Presidencia, Administración Pública e Interior,
R ES U ELVO
Primero. Someter a información pública el Proyecto de Orden por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro,
en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales
y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero,
con la finalidad de que la ciudadanía, los organismos, las entidades y los colectivos
interesados formulen las alegaciones que estimen pertinentes.
Segundo. Aplicar, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, la tramitación de urgencia al citado procedimiento, por las razones que quedaron
debidamente motivadas en su acuerdo de inicio, y, en consecuencia, establecer un plazo
de siete días hábiles para el trámite de audiencia y de información pública establecidos
para el procedimiento ordinario.
Tercero. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para
su general conocimiento:
a) En formato digital, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la
dirección electrónica:
b) En formato papel, en las dependencias administrativas de la Secretaría General
Técnica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior (Servicio de
Legislación), sita en la calle Zaragoza, núm. 8, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Cuarto. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán
dirigirse a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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216580.html