3. Otras disposiciones. . (2021/83-11)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda someter a información pública el Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 4 de mayo de 2021
página 86
3. Otras disposiciones
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior
Mediante acuerdo de 19 de abril de 2021, se inició por parte de la persona titular de
la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior la tramitación del
Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de
personas andaluzas residentes en el extranjero.
El proyecto de orden tiene su principal causa en la necesidad de adaptar la Orden
de 18 de diciembre de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema
necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, a las nuevas bases
reguladoras tipo aprobadas por la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se
aprueban las bases reguladoras tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, y a los nuevos
formularios recogidos en la Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría
General para la Administración Pública, por la que se actualizan y publican los formularios
tipo de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
Como establece el artículo 4 apartado a) de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del
Estatuto de los Andaluces en el Mundo, «las instituciones públicas andaluzas encauzarán
sus actuaciones para la satisfacción de los siguientes objetivos: a) Hacer posible la ayuda,
asistencia y protección de los andaluces en el exterior, en el marco del ordenamiento
jurídico vigente». De conformidad con este objetivo, y siendo conscientes de la situación
de mayor vulnerabilidad en la que se pueden encontrar los andaluces y andaluzas en
el exterior, se pretende llevar a cabo una política en la que se atienda a las personas
andaluzas que residan fuera del territorio español y que se encuentren en situación de
extrema necesidad, ya sea por su situación económica, laboral, social o personal.
Bajo esta premisa, se entiende que son las entidades sin ánimo de lucro las que
trabajan en el área donde se localizan las personas andaluzas, las que mejor pueden
ayudar a dicha población en estado de necesidad por tener las herramientas y los cauces
para llegar a ellas, informarlas y atenderlas adecuadamente. Es por ello, que se considera
necesario continuar con la concesión de la subvención a las entidades que lo soliciten.
De conformidad con el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando por
razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición razonada
del interesado, la aplicación al procedimiento de urgencia, por lo cual se reducirán a la
mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la
presentación de solicitudes y recursos.
Por su parte, el artículo 133.4 párrafo segundo de la citada ley establece que, en
el caso de que la normativa reguladora del ejercicio de la iniciativa legislativa o de la
potestad reglamentaria por una Administración prevea la tramitación urgente de estos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191184
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se acuerda someter a información pública el Proyecto de Orden por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema
necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 4 de mayo de 2021
página 86
3. Otras disposiciones
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior
Mediante acuerdo de 19 de abril de 2021, se inició por parte de la persona titular de
la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior la tramitación del
Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de
personas andaluzas residentes en el extranjero.
El proyecto de orden tiene su principal causa en la necesidad de adaptar la Orden
de 18 de diciembre de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema
necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, a las nuevas bases
reguladoras tipo aprobadas por la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se
aprueban las bases reguladoras tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, y a los nuevos
formularios recogidos en la Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría
General para la Administración Pública, por la que se actualizan y publican los formularios
tipo de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
Como establece el artículo 4 apartado a) de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del
Estatuto de los Andaluces en el Mundo, «las instituciones públicas andaluzas encauzarán
sus actuaciones para la satisfacción de los siguientes objetivos: a) Hacer posible la ayuda,
asistencia y protección de los andaluces en el exterior, en el marco del ordenamiento
jurídico vigente». De conformidad con este objetivo, y siendo conscientes de la situación
de mayor vulnerabilidad en la que se pueden encontrar los andaluces y andaluzas en
el exterior, se pretende llevar a cabo una política en la que se atienda a las personas
andaluzas que residan fuera del territorio español y que se encuentren en situación de
extrema necesidad, ya sea por su situación económica, laboral, social o personal.
Bajo esta premisa, se entiende que son las entidades sin ánimo de lucro las que
trabajan en el área donde se localizan las personas andaluzas, las que mejor pueden
ayudar a dicha población en estado de necesidad por tener las herramientas y los cauces
para llegar a ellas, informarlas y atenderlas adecuadamente. Es por ello, que se considera
necesario continuar con la concesión de la subvención a las entidades que lo soliciten.
De conformidad con el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando por
razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición razonada
del interesado, la aplicación al procedimiento de urgencia, por lo cual se reducirán a la
mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la
presentación de solicitudes y recursos.
Por su parte, el artículo 133.4 párrafo segundo de la citada ley establece que, en
el caso de que la normativa reguladora del ejercicio de la iniciativa legislativa o de la
potestad reglamentaria por una Administración prevea la tramitación urgente de estos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191184
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se acuerda someter a información pública el Proyecto de Orden por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema
necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.