Disposiciones generales. . (2021/83-1)
Orden de 23 de abril de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las ayudas previstas en la de 11 de diciembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en los recursos e instalaciones turísticas municipales (MUNITIC).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 4 de mayo de 2021
página 11
1. Disposiciones generales
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Orden de 23 de abril de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021
las ayudas previstas en la de 11 de diciembre de 2020, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las
tecnologías de la información y la comunicación en los recursos e instalaciones
turísticas municipales (MUNITIC).
La Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local aprobó,
mediante Orden de 11 de diciembre de 2020, las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la
implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en los recursos e
instalaciones turísticas municipales (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre).
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la citada orden, las
convocatorias para la concesión de subvenciones previstas en la misma se efectuarán
cada dos años mediante sucesivas órdenes de la persona titular de la Consejería
competente en materia de turismo.
En consecuencia, en virtud de lo establecido en la citada Orden de 11 de diciembre
de 2020, de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con el artículo 26.2
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en
relación con el Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2021 la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de
la información y la comunicación en los recursos e instalaciones turísticas municipales
(MUNITIC). La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas
mediante Orden de 11 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre).
PARTIDA PRESUPUESTARIA
IMPORTE
0900010000 G/75B/76111/00 01 2019000358 2021
3.000.000,00 euros
0900010000 G/75B/76111/00 01 2019000358 2022
3.000.000,00 euros
Se podrán adquirir compromisos de gastos de carácter plurianual de conformidad con
el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como con el
artículo 5 de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 6 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191302
Segundo. Financiación de la convocatoria.
1. La concesión de estas subvenciones se financiará en la cuantía total máxima
de 6.000.000,00 de euros, quedando en todo caso limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, y con cargo al crédito consignado en la siguiente partida
presupuestaria:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 4 de mayo de 2021
página 11
1. Disposiciones generales
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Orden de 23 de abril de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021
las ayudas previstas en la de 11 de diciembre de 2020, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las
tecnologías de la información y la comunicación en los recursos e instalaciones
turísticas municipales (MUNITIC).
La Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local aprobó,
mediante Orden de 11 de diciembre de 2020, las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la
implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en los recursos e
instalaciones turísticas municipales (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre).
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la citada orden, las
convocatorias para la concesión de subvenciones previstas en la misma se efectuarán
cada dos años mediante sucesivas órdenes de la persona titular de la Consejería
competente en materia de turismo.
En consecuencia, en virtud de lo establecido en la citada Orden de 11 de diciembre
de 2020, de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con el artículo 26.2
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en
relación con el Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2021 la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de
la información y la comunicación en los recursos e instalaciones turísticas municipales
(MUNITIC). La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas
mediante Orden de 11 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre).
PARTIDA PRESUPUESTARIA
IMPORTE
0900010000 G/75B/76111/00 01 2019000358 2021
3.000.000,00 euros
0900010000 G/75B/76111/00 01 2019000358 2022
3.000.000,00 euros
Se podrán adquirir compromisos de gastos de carácter plurianual de conformidad con
el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como con el
artículo 5 de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 6 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191302
Segundo. Financiación de la convocatoria.
1. La concesión de estas subvenciones se financiará en la cuantía total máxima
de 6.000.000,00 de euros, quedando en todo caso limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, y con cargo al crédito consignado en la siguiente partida
presupuestaria: