Disposiciones generales. . (2021/82-1)
Decreto 149/2021, de 27 de abril, por el que se modifica el Decreto 123/2014, de 2 de septiembre, y el Reglamento de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, aprobado por dicho decreto.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Lunes, 3 de mayo de 2021
página 12
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
El presente decreto se dicta cumpliendo lo dispuesto en la disposición final primera de la
Ley 5/2018, de 19 de junio, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de
Sociedades Cooperativas Andaluzas, que habilita el desarrollo reglamentario de esa ley
por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y en ejercicio de las competencias
del la Comunidad Autónoma, establecidas en los artículos 58.1.4.º, 75 y 172.2 del Estatuto
de Autonomía para Andalucía.
Con la norma que ahora se aprueba se persigue implementar las nuevas medidas
adoptadas por aquella Ley, para lo cual resulta necesario modificar el Reglamento de la
Ley 14/2011, de 23 de diciembre, aprobado por el Decreto 123/2014, de 2 de septiembre,
en tanto que se trata de la norma que desarrolla la ley modificada.
En consecuencia, los aspectos modificados son, esencialmente, el desarrollo de
aquellos introducidos por la Ley 5/2018, de 19 de junio, esto es: La reducción del número
de personas socias necesarias para la constitución de una sociedad cooperativa, pasando
de las tres actuales a dos, y la ampliación de tipos en el derecho sancionador cooperativo
como consecuencia de la regulación reglamentaria de las secciones de crédito. Asimismo,
al igual que la expresada ley, se aprovecha esta reforma del Reglamento para incluir,
en su articulado, diversas modificaciones de carácter técnico, que, en algunos casos,
devienen de la corrección legal realizada.
En relación con la primera de las cuestiones, se modifican determinados preceptos
con el fin de adaptar la regulación existente a la reforma legal introducida, que afectan
al régimen de aprobación del Acta de la Asamblea General y al tramite de audiencia
en el procedimiento de descalificación de sociedades cooperativas integradas por dos
personas socias.
Respecto al régimen sancionador, dentro de la adecuación legal acometida, resulta
destacable, especialmente, la determinación del proceso de ejecución tanto de la
medida provisional como, sobre todo, de la sanción, relacionadas con la baja de oficio
de la sección de crédito y la prohibición de desarrollar su actividad, consistente en la
intervención de la sección de crédito de la sociedad cooperativa afectada.
Por último, en el apartado de modificaciones técnicas, se enmiendan algunos artículos
del Reglamento de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, aprobado por el Decreto 123/2014,
de 2 de septiembre, que, como en el caso de la Ley 5/2018, de 19 de junio, obedece
a que esas modificaciones resultan necesarias para su correcta ejecución y responden
a la necesidad de salvar determinadas incongruencias o corregir ciertos errores de
hecho detectados en su aplicación práctica. Entre ellas, cabe destacar la desvinculación
respecto al interés legal del dinero de los intereses de las operaciones crediticias de la
sección de crédito concedidas a la propia cooperativa, cuando se den para financiar el
circulante de la entidad, y su plazo de devolución no sea superior a un año, pues está
demostrado que, de hecho, se consiguen dichas operaciones con intereses inferiores; la
reducción del importe máximo a devengar por los intereses de las aportaciones sociales
en la remuneración mixta de la persona inversora, que no se pudo establecer inicialmente
debido a la regulación legal de esta cuestión existente en aquel momento; y la fijación de un
límite máximo a la dotación del fondo especial previsto para las sociedades cooperativas
de impulso empresarial, con el fin de evitar que las cuantías que se acumulen en el citado
fondo sean desproporcionadas en relación con la actividad cooperativizada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191174
Decreto 149/2021, de 27 de abril, por el que se modifica el Decreto 123/2014,
de 2 de septiembre, y el Reglamento de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de
Sociedades Cooperativas Andaluzas, aprobado por dicho decreto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Lunes, 3 de mayo de 2021
página 12
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
El presente decreto se dicta cumpliendo lo dispuesto en la disposición final primera de la
Ley 5/2018, de 19 de junio, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de
Sociedades Cooperativas Andaluzas, que habilita el desarrollo reglamentario de esa ley
por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y en ejercicio de las competencias
del la Comunidad Autónoma, establecidas en los artículos 58.1.4.º, 75 y 172.2 del Estatuto
de Autonomía para Andalucía.
Con la norma que ahora se aprueba se persigue implementar las nuevas medidas
adoptadas por aquella Ley, para lo cual resulta necesario modificar el Reglamento de la
Ley 14/2011, de 23 de diciembre, aprobado por el Decreto 123/2014, de 2 de septiembre,
en tanto que se trata de la norma que desarrolla la ley modificada.
En consecuencia, los aspectos modificados son, esencialmente, el desarrollo de
aquellos introducidos por la Ley 5/2018, de 19 de junio, esto es: La reducción del número
de personas socias necesarias para la constitución de una sociedad cooperativa, pasando
de las tres actuales a dos, y la ampliación de tipos en el derecho sancionador cooperativo
como consecuencia de la regulación reglamentaria de las secciones de crédito. Asimismo,
al igual que la expresada ley, se aprovecha esta reforma del Reglamento para incluir,
en su articulado, diversas modificaciones de carácter técnico, que, en algunos casos,
devienen de la corrección legal realizada.
En relación con la primera de las cuestiones, se modifican determinados preceptos
con el fin de adaptar la regulación existente a la reforma legal introducida, que afectan
al régimen de aprobación del Acta de la Asamblea General y al tramite de audiencia
en el procedimiento de descalificación de sociedades cooperativas integradas por dos
personas socias.
Respecto al régimen sancionador, dentro de la adecuación legal acometida, resulta
destacable, especialmente, la determinación del proceso de ejecución tanto de la
medida provisional como, sobre todo, de la sanción, relacionadas con la baja de oficio
de la sección de crédito y la prohibición de desarrollar su actividad, consistente en la
intervención de la sección de crédito de la sociedad cooperativa afectada.
Por último, en el apartado de modificaciones técnicas, se enmiendan algunos artículos
del Reglamento de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, aprobado por el Decreto 123/2014,
de 2 de septiembre, que, como en el caso de la Ley 5/2018, de 19 de junio, obedece
a que esas modificaciones resultan necesarias para su correcta ejecución y responden
a la necesidad de salvar determinadas incongruencias o corregir ciertos errores de
hecho detectados en su aplicación práctica. Entre ellas, cabe destacar la desvinculación
respecto al interés legal del dinero de los intereses de las operaciones crediticias de la
sección de crédito concedidas a la propia cooperativa, cuando se den para financiar el
circulante de la entidad, y su plazo de devolución no sea superior a un año, pues está
demostrado que, de hecho, se consiguen dichas operaciones con intereses inferiores; la
reducción del importe máximo a devengar por los intereses de las aportaciones sociales
en la remuneración mixta de la persona inversora, que no se pudo establecer inicialmente
debido a la regulación legal de esta cuestión existente en aquel momento; y la fijación de un
límite máximo a la dotación del fondo especial previsto para las sociedades cooperativas
de impulso empresarial, con el fin de evitar que las cuantías que se acumulen en el citado
fondo sean desproporcionadas en relación con la actividad cooperativizada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191174
Decreto 149/2021, de 27 de abril, por el que se modifica el Decreto 123/2014,
de 2 de septiembre, y el Reglamento de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de
Sociedades Cooperativas Andaluzas, aprobado por dicho decreto.