Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/80-17)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convoca proceso de selección para cubrir con carácter temporal el puesto de personal técnico de Educación para el Desarrollo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 80 - Jueves, 29 de abril de 2021
página 201
6. Comité de Selección.
El Comité de Selección, en adelante el Comité, de este proceso selectivo, estará
compuesto por:
- Presidencia: la persona que ocupa el puesto de la Subdirección de la AACID como
titular y la persona que desempeña el puesto de Jefatura del Departamento de Jurídico y
de Contratación como suplente.
- Vocalía: la persona que desempeña el puesto de Jefatura de Departamento de
Cooperación con Centroamérica y Caribe como titular y la persona que desempeña el
puesto de Jefatura de Departamento de Evaluación como suplente.
- Secretaría: la persona que ocupa el puesto de la Jefatura del Departamento de
Calidad y Recursos Humanos como titular y la persona que desempeña el puesto de
Unidad de Gestión del Departamento de Calidad y Recursos Humanos como suplente.
El procedimiento de actuación del Comité se ajustará en todo momento a lo dispuesto
en Sección 3.ª, Capitulo II, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del sector Público, así como la Sección 1.ª, Capitulo II, Titulo IV de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190923
• Informe de vida laboral actualizado y/o, en su caso, hoja de servicios en la
Administración.
• Fotocopias de los contratos, certificados, nombramientos, etc.
- Documentación acreditativa de los méritos:
•E
n el currículum vitae (en adelante, CV), además de acreditar el cumplimiento de
los requisitos exigidos en la base 4, se harán constar cuantos méritos profesionales
se consideren adecuados con relación al perfil del puesto.
• La formación deberá ser acreditada mediante la presentación de título o certificado
equivalente de la entidad que la impartió. No se valorarán los cursos en los que
no exista mención expresa a su duración concreta en horas, salvo en el caso del
Segundo Grado o Licenciatura, Doctorado o Máster oficial o Curso de experto o
Máster propio.
• La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de
vida laboral actualizado, contrato de trabajo o nombramiento de funcionario o
funcionaria o copia de los contratos de prestación de obras o servicios en los que
haya participado por cuenta propia. En este último caso, será necesario estar
dado de alta como autónomo o autónoma y al corriente en el pago de la cuota
correspondiente, así como la aportación de los contratos de prestación de obras
o servicios en los que haya participado. Adicionalmente, en cualquier fase del
proceso selectivo, se podrá solicitar a las personas candidatas la aportación de un
certificado de empresa que acredite las funciones desempeñadas.
• Declaración responsable en la que se haga constar expresamente la veracidad
de los méritos alegados y la documentación aportada para la acreditación de los
requisitos y méritos.
5.3. La no presentación de la documentación acreditativa de los requisitos será causa
de exclusión, mientras que la no presentación de la documentación acreditativa de los
méritos supondrá la no valoración del referido mérito. No obstante, los errores de hecho,
materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición de la persona candidata.
Toda la documentación se presentará en castellano, en caso contrario, deberá
adjuntarse la correspondiente traducción oficial.
En cualquier momento, las personas candidatas podrán ser requeridas para la
presentación de la documentación original que acredite la información contenida en el
CV, sin que dicha circunstancia exima de la presentación de la documentación señalada
en los apartados anteriores junto con la solicitud.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 80 - Jueves, 29 de abril de 2021
página 201
6. Comité de Selección.
El Comité de Selección, en adelante el Comité, de este proceso selectivo, estará
compuesto por:
- Presidencia: la persona que ocupa el puesto de la Subdirección de la AACID como
titular y la persona que desempeña el puesto de Jefatura del Departamento de Jurídico y
de Contratación como suplente.
- Vocalía: la persona que desempeña el puesto de Jefatura de Departamento de
Cooperación con Centroamérica y Caribe como titular y la persona que desempeña el
puesto de Jefatura de Departamento de Evaluación como suplente.
- Secretaría: la persona que ocupa el puesto de la Jefatura del Departamento de
Calidad y Recursos Humanos como titular y la persona que desempeña el puesto de
Unidad de Gestión del Departamento de Calidad y Recursos Humanos como suplente.
El procedimiento de actuación del Comité se ajustará en todo momento a lo dispuesto
en Sección 3.ª, Capitulo II, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del sector Público, así como la Sección 1.ª, Capitulo II, Titulo IV de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190923
• Informe de vida laboral actualizado y/o, en su caso, hoja de servicios en la
Administración.
• Fotocopias de los contratos, certificados, nombramientos, etc.
- Documentación acreditativa de los méritos:
•E
n el currículum vitae (en adelante, CV), además de acreditar el cumplimiento de
los requisitos exigidos en la base 4, se harán constar cuantos méritos profesionales
se consideren adecuados con relación al perfil del puesto.
• La formación deberá ser acreditada mediante la presentación de título o certificado
equivalente de la entidad que la impartió. No se valorarán los cursos en los que
no exista mención expresa a su duración concreta en horas, salvo en el caso del
Segundo Grado o Licenciatura, Doctorado o Máster oficial o Curso de experto o
Máster propio.
• La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de
vida laboral actualizado, contrato de trabajo o nombramiento de funcionario o
funcionaria o copia de los contratos de prestación de obras o servicios en los que
haya participado por cuenta propia. En este último caso, será necesario estar
dado de alta como autónomo o autónoma y al corriente en el pago de la cuota
correspondiente, así como la aportación de los contratos de prestación de obras
o servicios en los que haya participado. Adicionalmente, en cualquier fase del
proceso selectivo, se podrá solicitar a las personas candidatas la aportación de un
certificado de empresa que acredite las funciones desempeñadas.
• Declaración responsable en la que se haga constar expresamente la veracidad
de los méritos alegados y la documentación aportada para la acreditación de los
requisitos y méritos.
5.3. La no presentación de la documentación acreditativa de los requisitos será causa
de exclusión, mientras que la no presentación de la documentación acreditativa de los
méritos supondrá la no valoración del referido mérito. No obstante, los errores de hecho,
materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición de la persona candidata.
Toda la documentación se presentará en castellano, en caso contrario, deberá
adjuntarse la correspondiente traducción oficial.
En cualquier momento, las personas candidatas podrán ser requeridas para la
presentación de la documentación original que acredite la información contenida en el
CV, sin que dicha circunstancia exima de la presentación de la documentación señalada
en los apartados anteriores junto con la solicitud.