Disposiciones generales. . (2021/538-1)
Decreto del Presidente 14/2021, de 28 de abril, por el que se modifica el Decreto del Presidente 9/2021, de 18 de marzo, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 38 - Miércoles, 28 de abril de 2021
página
Disposición final primera. Régimen de recursos.
Contra el presente decreto se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 12.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto del Presidente entrará en vigor a las 00:00 horas del día 29 de
abril de 2021.
Sevilla, 28 de abril de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ANEXO
MUNICIPIOS QUE SUPERAN LOS 500 CASOS DE INCIDENCIA ACUMULADA POR
CADA 100.000 HABITANTES
PROVINCIA DE ALMERÍA
Benahadux
Líjar
Pechina
Rioja
Santa Fe de Mondújar
Viator
PROVINCIA DE CÁDIZ
Alcalá del Valle
Algodonales
Barbate
Bornos
El Bosque
Espera
Puerto Serrano
Setenil de las Bodegas
Villamartín
PROVINCIA DE CÓRDOBA
Castro del Río
Benamejí
Hornachuelos
PROVINCIA DE GRANADA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00191241
Beas de Guadix
Benalúa
Campotéjar
Chauchina
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 38 - Miércoles, 28 de abril de 2021
página
Disposición final primera. Régimen de recursos.
Contra el presente decreto se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 12.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto del Presidente entrará en vigor a las 00:00 horas del día 29 de
abril de 2021.
Sevilla, 28 de abril de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ANEXO
MUNICIPIOS QUE SUPERAN LOS 500 CASOS DE INCIDENCIA ACUMULADA POR
CADA 100.000 HABITANTES
PROVINCIA DE ALMERÍA
Benahadux
Líjar
Pechina
Rioja
Santa Fe de Mondújar
Viator
PROVINCIA DE CÁDIZ
Alcalá del Valle
Algodonales
Barbate
Bornos
El Bosque
Espera
Puerto Serrano
Setenil de las Bodegas
Villamartín
PROVINCIA DE CÓRDOBA
Castro del Río
Benamejí
Hornachuelos
PROVINCIA DE GRANADA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00191241
Beas de Guadix
Benalúa
Campotéjar
Chauchina
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