Disposiciones generales. . (2021/537-1)
Decreto-ley 7/ 2021, de 27 de abril, sobre reducción del gravamen del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para el impulso y la reactivación de la economía de la Comunidad Autónoma de Andalucía ante la situación de crisis generada por la pandemia del coronavirus (COVID19).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 37 - Martes, 27 de abril de 2021
página
1. Disposiciones generales
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Decreto-ley 7/ 2021, de 27 de abril, sobre reducción del gravamen del Impuesto
sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para el
impulso y la reactivación de la economía de la Comunidad Autónoma de Andalucía
ante la situación de crisis generada por la pandemia del coronavirus (COVID19).
Desde la declaración de la pandemia del COVID-19 por la Organización Mundial de
la Salud, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha venido adoptando de forma
paulatina una serie de medidas de distinta naturaleza tendentes a paliar los graves efectos
que la misma está produciendo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Desde una perspectiva tributaria, es preciso destacar el Decreto-ley 3/2020, de 16 de
marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de
actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los
efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19), que entró en vigor el 17 de marzo, y
que estableció un sistema de prórroga para la presentación e ingreso de autoliquidaciones
de tributos propios y cedidos de gestión autonómica y para las demás deudas de derecho
público de carácter no tributario. Además, de manera específica por lo que respecta al
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para evitar
posibles tensiones en tesorería, se estableció una ampliación del plazo de presentación y
pago del citado impuesto de tres meses adicionales a los previstos en la normativa específica
del tributo, para aquellos plazos que coincidieran, en todo o en parte, con la vigencia del
primer estado de alarma, declarado mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
En continuidad con las medidas urgentes aprobadas por el Consejo de Gobierno de
la Junta de Andalucía para paliar la situación de crisis generada por el COVID-19 se
adopta este decreto-ley.
En particular, en el ámbito tributario se hace preciso seguir implantando medidas de
apoyo tributario que persiguen mitigar el posible impacto que el escenario económico de
contención pueda tener sobre la economía andaluza.
Por ello, con vigencia exclusiva hasta el día 31 de diciembre de 2021, se reduce el
gravamen del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
con el objetivo de propiciar el impulso y la reactivación económica de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Concretamente, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, se reduce
el tipo de gravamen general aplicable a la transmisión de inmuebles y a la constitución y
cesión de derechos reales sobre los mismos, excepto los de garantía, pasando desde los
tipos del 8%, 9% y 10% a un único tipo general del 7%. De igual modo, se reduce el tipo
de gravamen general, modalidad de Actos Jurídicos Documentados, para los documentos
notariales, pasando desde el tipo de gravamen del 1,5% al tipo de gravamen del 1,2%.
Con la citada reducción impositiva general del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
y Actos Jurídicos Documentados se pretende la consecución de un objetivo doble.
El primero, impulsar y reactivar el sector inmobiliario gravemente afectado por la crisis.
En efecto, el año 2020 cerró con una caída en el total de viviendas vendidas en Andalucía
de aproximadamente el 17%, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, y un
fuerte descenso en los precios, especialmente de la vivienda usada, tendencia que, de
acuerdo con las previsiones de distintos expertos y organismos especializados, continuará
en 2021, con una caída de precios de la vivienda usada en el entorno del 5%, aunque con
un ligero repunte en el total de viviendas vendidas, mientras los precios de la obra nueva,
en cambio, se mantendrán relativamente estables, debido principalmente a la exigua
oferta disponible en el mercado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191116
I
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 37 - Martes, 27 de abril de 2021
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1. Disposiciones generales
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Decreto-ley 7/ 2021, de 27 de abril, sobre reducción del gravamen del Impuesto
sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para el
impulso y la reactivación de la economía de la Comunidad Autónoma de Andalucía
ante la situación de crisis generada por la pandemia del coronavirus (COVID19).
Desde la declaración de la pandemia del COVID-19 por la Organización Mundial de
la Salud, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha venido adoptando de forma
paulatina una serie de medidas de distinta naturaleza tendentes a paliar los graves efectos
que la misma está produciendo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Desde una perspectiva tributaria, es preciso destacar el Decreto-ley 3/2020, de 16 de
marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de
actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los
efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19), que entró en vigor el 17 de marzo, y
que estableció un sistema de prórroga para la presentación e ingreso de autoliquidaciones
de tributos propios y cedidos de gestión autonómica y para las demás deudas de derecho
público de carácter no tributario. Además, de manera específica por lo que respecta al
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para evitar
posibles tensiones en tesorería, se estableció una ampliación del plazo de presentación y
pago del citado impuesto de tres meses adicionales a los previstos en la normativa específica
del tributo, para aquellos plazos que coincidieran, en todo o en parte, con la vigencia del
primer estado de alarma, declarado mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
En continuidad con las medidas urgentes aprobadas por el Consejo de Gobierno de
la Junta de Andalucía para paliar la situación de crisis generada por el COVID-19 se
adopta este decreto-ley.
En particular, en el ámbito tributario se hace preciso seguir implantando medidas de
apoyo tributario que persiguen mitigar el posible impacto que el escenario económico de
contención pueda tener sobre la economía andaluza.
Por ello, con vigencia exclusiva hasta el día 31 de diciembre de 2021, se reduce el
gravamen del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
con el objetivo de propiciar el impulso y la reactivación económica de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Concretamente, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, se reduce
el tipo de gravamen general aplicable a la transmisión de inmuebles y a la constitución y
cesión de derechos reales sobre los mismos, excepto los de garantía, pasando desde los
tipos del 8%, 9% y 10% a un único tipo general del 7%. De igual modo, se reduce el tipo
de gravamen general, modalidad de Actos Jurídicos Documentados, para los documentos
notariales, pasando desde el tipo de gravamen del 1,5% al tipo de gravamen del 1,2%.
Con la citada reducción impositiva general del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
y Actos Jurídicos Documentados se pretende la consecución de un objetivo doble.
El primero, impulsar y reactivar el sector inmobiliario gravemente afectado por la crisis.
En efecto, el año 2020 cerró con una caída en el total de viviendas vendidas en Andalucía
de aproximadamente el 17%, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, y un
fuerte descenso en los precios, especialmente de la vivienda usada, tendencia que, de
acuerdo con las previsiones de distintos expertos y organismos especializados, continuará
en 2021, con una caída de precios de la vivienda usada en el entorno del 5%, aunque con
un ligero repunte en el total de viviendas vendidas, mientras los precios de la obra nueva,
en cambio, se mantendrán relativamente estables, debido principalmente a la exigua
oferta disponible en el mercado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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